A propósito de que fueron anunciadas por el vocero de la Policía Nacional, Tejeda Baldera, una serie de medidas con el fin de aminorar la criminalidad durante las fiestas de Navidad y Año Nuevo dentro de las cuales se encuentra la detención y depuración de personas con supuesto perfil sospechoso, muchos se hacen la pregunta, ¿Qué es un perfil sospechoso para la PN?
A pesar de que en ningún momento se especificó a qué se refiere el cuerpo del orden cuando se habla de un “perfil sospechoso”, de acuerdo con declaraciones ofrecidas en el pasado por la entidad, un perfil dudoso bien puede ser identificado en personas que porten mascarillas, gafas, así como el uso de abrigos y capuchas. Pero, ¿Está establecido en algún lugar que las personas que lleven este tipo de vestimenta son portadores de un perfil cuestionable?
Aunque dichas medidas hayan sido tomadas como parte del plan operativo «Navidad para Proteger y Servir 2023» con miras a una mejora en el nivel de criminalidad que azota al país por estas fechas, la realidad es que según el artículo 255 de la Constitución de la República, este establece que una de las funciones de la PN es proteger el libre ejercicio de los derechos de las personas, dentro de los cuales se encuentra el libre tránsito.
Asimismo, el artículo 14 de la ley Orgánica de la Policía Nacional 590-16, establece entre los compendios principales de su actuación, el respeto absoluto a la constitución y las leyes, respeto a la integridad, la eficiencia, la objetividad, la eficacia, profesionalidad, la atención a la ciudadanía y la vocación de servicio. Derechos fundamentales que podrian verse violentados si no se hace un uso correcto de las medidas anunciadas el pasado martes por la Policía Nacional.
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