Cuando asoma un capullo…

Cuando asoma un capullo…

Cuando se habla de la hipertrofia administrativa pienso, instintivamente, no en las enseñanzas de Max Weber, (Economía y Sociedad) quien le dedicara un extenso capítulo al estudio de la Dominación Burocrática, esencia, supuestos y desarrollo”, entre otros tipos de “dominación legítima.” Me viene a la mente, en cambio, el poema  “70 Balcones” del exquisito poeta Gustavo Adolfo Bécquer, que comienza así: “Setenta balcones hay en esta casa/ setenta balcones y ninguna flor/ a sus habitantes, Señor, qué les pasa/ han perdido la risa, han perdido el color?”

En la clásica división de los poderes del Estado,  la Administración Pública es la función más vinculada al Poder Ejecutivo. El doctor Amaro Guzmán (Derecho y Práctica de la Administración Pública) apunta: “El Ejecutivo es fundamentalmente el órgano del gobierno  encargado de sancionar y dar efecto a las leyes, asegurando su debida ejecución para preservar la convivencia social y el orden jurídico del Estado”. Más adelante, con sentido crítico, advierte: “En la realidad política y administrativa, la función del Poder Ejecutivo rebasa la mera ejecución de las leyes, sobre todo ante la concepción del Estado providencialista.”

La historia nos demuestra que es así. A partir de la II Intervención Militar Norteamericana (1916-1924)  surgen intentos de reformas, algunos serios, demagógicos los más, pasando por leyes y decretos del Generalísimo, de su heredero político y los demás Jefes de la Administración para organizarla, profesionalizarla y mejorar los servicios puestos a su cargo. La flamante Constitución de la República trata de enaltecerla y regularla. En el Capítulo III,  sección II, el Art. 142 define el Estatuto de la  Función Pública como “el régimen de derecho público basado en el mérito y la profesionalización para una gestión eficiente y el cumplimiento de las funciones esenciales del Estado.” En su Art. 146,  se condena toda forma de corrupción y abuso del servidor en  ejercicio de sus funciones. Todo muy bello.

Consecuentemente, el  Ministerio de  la Función Publica  ha elaborado un anteproyecto para adaptar y corregir la praxis política al mandato constitucional.  ¿Y cuál es esa praxis? El clientelismo. Asombra y anonada la existencia  de 325 “viceministros”, desparramados por todas partes,   en unos 16  Ministerios, creados elevar el nombramiento  de Secretarios de Estado. A lo que se agregan los tantos “Ministros”  sin Cartera, inorgánicos pero con privilegios, cientos asesores presidenciales especializados en las más disímiles ramas del saber humano,  incluyendo un asesor en materia de trasporte con asiento en Palacio, extraído mediante  indulto, para resolver el caos que él mismo y sus colegas han prohijado, sin contar los múltiples sub administradores, los generales  y las nominillas.

A todo ello, agréguese al grado de corrupción e impunidad, recientemente denunciado por el propio gobierno, que nos coloca, penosamente, como uno de los Estados más anárquico, desorganizado y corrupto que pueda suponerse en una democracia medianamente respetuosa de su Constitución y sus leyes. Por eso cuando asoma, de cuando en  vez como remedio casero, algún capullo, de esos que nunca llegan a florecer llegan a mi mente aquellos  versos de Gustavo Adolfo Bécquer y, tristemente escéptico, sonrío. 

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