Cuando ellos eran ellas: el uso de seudónimos masculinos por escritoras mundiales

Cuando ellos eran ellas: el uso de seudónimos masculinos por escritoras mundiales

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§ 1. En la antigua Grecia y Roma existió el divorcio, pero al mundo occidental le atañe más la fuente del Derecho romano en lo relativo a la legislación sobre la mujer, porque hasta hace poco, y no tan poco si nos remontamos a la ley 20 de 1792 aprobada por la Revolución francesa y al Código de Napoleón en 1804, ese derecho al divorcio sufrió muchas limitaciones y proscripciones de todo tipo por parte de las sociedades patriarcales europeas y las traídas al Nuevo Mundo por la conquista y colonización española y luego por las distintas potencias europeas que se asentaron en nuestro continente y en nuestra frontera imperial que fue el Caribe. Tal Derecho romano constituyó la fuente del estado de situación de los derechos civiles, políticos y sociales de las mujeres en Occidente, los que les fueron negados, país por país, hasta mitad del siglo XX. El historial de estas limitaciones, proscripciones y obstáculos se muestran con clarividencia en el libro de la mexicana María Leoba Castañeda Rivas titulado La evolución del divorcio en el Código Napoleón. México: Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, 2005 (captura en Internet 4/III/2025).

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§ 2. Para no irme tan lejos como la Edad Media europea, basta decir que a las limitaciones, proscripciones y obstáculos impuestos a las mujeres para que pudieran divorciarse, la interdicción más grande, sin importar la clase social a la que pertenecieran, fue la negación total de la libertad de expresión y de pensamiento y su materialización en obras concretas o intelectuales, aunque las más perjudicadas fueron las mujeres escritoras a las que se les prohibió publicar libros con su nombre de pila. Frente a esta prohibición, que comenzará a violentarse tímidamente a partir de los siglos XVII al XVIII (casos de Teresa de Jesús [1515-1582], cuyo libro pionero, Camino de perfección, se publicó poco después de su muerte en 1583; sor Juana Inés de la Cruz [1648-1695], cuyo libro Inundación de Castálida, publicó en 1689 en Madrid la condesa de Paredes y marquesa de La Laguna, María Luisa Manrique de Lara y Gonzaga, su protectora en México, donde fue virreina de 1680 a 1686; María de Zayas y Sotomayor [1590- d. 1647] y sus Novelas amorosas y ejemplares y Desengaños de amor para España; Madelaine de Scudéry [1607-1701], Madame de Lafayette [1634-1693]y la duquesa Claire de Duras [1777-1817] para Francia; y, Jane Austen [1775-1817] para Inglaterra). En resumen, desde la Revolución francesa hasta el Código Napoleón se consideró a la mujer como una menor, al mismo título que los niños y los locos, situación que la colocaba bajo la tutela del padre, luego del marido y, en ausencia de ambos, del hermano mayor, con la única misión de casarse y procrear hijos, meterse a monja o a maestra de primeras letras, si acaso. Le estaba absolutamente prohibido externar sus sentimientos y emociones, y menos en público o en obras publicadas por imprenta

§ 3. Ante estos obstáculos, las mujeres escritoras se vieron en la obligación de adoptar seudónimos masculinos para publicar sus obras en Francia e Inglaterra y en menor medida en España, pero la gran floración de seudónimos femeninos usados por escritoras en América hispánica se produjo en el siglo XIX y hasta el último decenio de 1950 del XX, aunque el uso de seudónimos masculinos en América Latina escaseó considerablemente. ¿Por qué las escritoras eligieron seudónimos masculinos, sobre todo en Francia, España, Inglaterra y los Estados Unidos? En primer lugar, “para preservar su identidad” y en segundo lugar porque el seudónimo es “la única garantía de que las lean sin un juicio de valor y sin escándalo”, según afirma Catherine Sauvat en Ils son elles. Histoires extraordinaires d’écrivaines qui ont choisi des nomns d’hommes. (París: Flammarion, 2024, (p.97) al estudiar el caso de la inglesa Mary Anne Evans [1819-1880], alias George Eliot. -Traducción: Cuando ellos eran ellas. Historias extraordinarias de escritoras que eligieron seudónimos masculinos. Otras razones por las que las escritoras y los escritores adoptan seudónimos de hombres o de mujeres es para ocultar la homosexualidad, la militancia política, participación en guerras o conflictos armados, creencias religiosas o, en el caso de los seudónimos nobiliarios, por una nostalgia de los regímenes monárquicos.

§ 4. Para probarlo, basta con echarle una ojeada al libro de Sauvat citado supra: Del siglo XVII al XX aparecieron 42 casos de escritoras que usaron seudónimos masculinos obligadas por las consecuencias de los códigos legales, sociales y morales que las castigaban si publicaban libros firmados con su nombre y apellido de pila. En cambio, en la obra de Sauvat, para el mismo período, solo aparecen tres casos de escritores que usaron seudónimos femeninos debido a distintas razones: Prosper Merimée (1803-1870), alias Clara Gazul; Pierre Louÿs (1870-1925), alias Bilitis; y, Raymond Queneau (1903-1976), alias Sally Mara. Sauvat olvidó que Stéphane Mallarmé (1842-1898) utilizó seudónimos femeninos y uno masculino cuando firmaba sus crónicas de moda: Zizi, Miss Satin, Olympe y Margarite de Ponty. Entre esas razones, hubo la homosexualidad oculta, como se observa en el acta de la segunda sesión del surrealismo donde se debatió a solicitud de André Breton el tema de la homosexualidad y se les preguntó a los participantes qué opinaban acerca de esta y si eran homosexuales (Véase el documento en Michel Larivière. Les amours masculines. Anthologié de l’homosexcualité dans la litterature. París: Lieu Commun, 1984, pp. 386-387). Breton se mostró homofóbico y dijo que solamente respetaba la pederastia en el marqués de Sade y Jean Lorrain. Ninguno de los participantes asumió abiertamente la condición de homosexual. Louis Aragon fue quien estuvo más cerca de asumir su pederastia. Estuvo casado con Elsa Triolet, ambos miembros del Partido Comunista francés. El comunismo condenaba acremente la homosexualidad como aberración y depravación burguesa. Algunos escritores usan a veces el matrimonio o la unión libre con mujeres como tapadera de su homosexualidad. Aunque a que a finales del siglo XX y principio del XXI el matrimonio igualitario fue aprobado en muchos países, todavía la moral, las convenciones sociales, la vergüenza, los intereses económicos, la política y los altos cargos burocráticos en los sectores público, privado y eclesiástico son responsables de que una cantidad inmensa de miembros del colectivo LGTB+Q no se atreva a asumir públicamente su homosexualidad.

§ 5. El caso dominicano. Antes de Francisco de Liendo (Santo Domingo, 1521-1584), los escritores, historiadores, cronistas e intelectuales que vivieron en la isla Española, de paso o con residencia, fueron peninsulares. Con De Liendo, se inicia la historia de la literatura de los nacidos en la isla, período que los historiadores de la literatura dominicana han denominado “Escritores nativos”. La floración de escritores nativos experimentará un aumento creciente desde del inicio de ese siglo XVI hasta finales del XVIII cuando la isla entera pasó al dominio de Francia mediante el Tratado de Basilea (1795). Ese dominio duró hasta 1809 cuando Juan Sánchez Ramírez derrotó a los franceses en Palo Hincado y convirtió la parte Este de la isla en provincia de España, con ayuda del gobernador español de Puerto Rico y de los navíos ingleses que guerreaban contra la Península en el Caribe.

§ 6. En el breve período del dominio francés, Toussaint Louverture tomó posesión, en Santo Domingo, de la isla completa en nombre de Francia. Alejandro Llenas en Apuntes históricos sobre Santo Domingo (Andrés Blanco Díaz, editor. Santo Domingo: Archivo General de la Nación, 2007, p. 171) afirma que abolió la esclavitud el [martes] 27 de enero de 1801 al invocar una disposición de la Convención que la abolió en Francia en 1792, pues el astuto general era gobernador, en nombre de Francia, de la parte Oeste. Aparte de la abolición de la esclavitud; el cese de la discriminación racial; la integración de los cabildos con participación igualitaria de blancos, negros y mulatos; el fomento de la agricultura aseguró la protección a los cultivos de caña de azúcar, café, cacao, algodón y tabaco», según Emilio Cordero Michel (“Proyecciones de la revolución haitiana en la sociedad dominicana”. (Ecos 2. 3. 1994: 83). Pero la alegría duró poco, porque la esclavitud fue restablecida en 1804 por orden de Napoleón Bonaparte a su cuñado Víctor Leclerc, quien llegó al mando de una enorme flota a la colonia de Saint-Domingue con la misión de apresar a Toussaint, de quien se sospechaba ideas de independizarse de Francia. Resuelto el problema con el apresamiento de Toussaint y su deportación a la metrópoli y posterior confinamiento en el castillo de Joux, en el Jura, este murió en 1803. Había nacido en 1743. Tan breve fue el dominio de Francia como el de España, pues el provincialato de la España Boba terminó en 1821 cuando José Núñez de Cáceres produjo la primera independencia del Santo Domingo español en 1821. Independencia que duró unos 71 días, pues Jean-Pierre Boyer, que había unificado en 1818 la totalidad del territorio haitiano dividido en la república de Petión al Sur y el reino de Henri Cristophe al Norte, invadió con un poderoso ejército la parte Este, unificó la isla en 1822 y abolió la esclavitud en ese año (hecho político reconocido por la Constitución de 1844 al consumarse en aquel año la independencia o separación de Haití).

§ 7. Boyer introdujo una serie de medidas económico-sociales y políticas importantes que nos interesan sobremanera, especialmente la relativa a los derechos de la mujer, resaltados por Cordero Michel: «… la Constitución haitiana de 1816, que rigió para todos los dominicanos, con sus disposiciones revolucionarias proclamó los Derechos del Hombre y del Ciudadano resumiéndolos en cuatro: la libertad; la igualdad; la seguridad; y la propiedad sobre la que descansaba el cultivo de la tierra (…) Esos principios, además de las disposiciones del Código Civil napoleónico de 1804 que sirvió de modelo al haitiano de 1826, otorgó a la mujer igualdad jurídica, política y social, convirtiéndola, de la noche a la mañana, en sujeto de derecho con capacidad para contraer obligaciones. Eso fue algo revolucionario y novedoso en una sociedad como la dominicana de la época; algo que nunca se había visto durante el período colonial en el que imperó la legislación hispánica, preñada de discriminación hacia la mujer y embebida con una concepción machista tan profunda, que la consideraba incapaz de obligarse contractualmente, así como de administrar y disponer de sus propios bienes, si no era con el consentimiento expreso del tutor o del marido.» (Ecos, p. 89).

§ 8. Pero con la separación de Haití proclamada el 27 de febrero de 1844, la mujer dominicana perdió todos estos derechos que consagró la Constitución de Boyer, porque, según Cordero Michel: «… la Constitución dominicana de noviembre de ese año no los contempló. Por ello, con independencia política y todo, la mujer volvió a ser discriminada y víctima del tradicional machismo dominicano hasta 1940.» (Ecos, ibid.). Y la sentencia de la Suprema Corte de Justicia del año 1892, bajo la dictadura de Ulises Heureaux, no fue una ley de divorcio, sino una “separación de cuerpos por adulterio” y en 1935 el máximo tribunal “sostuvo que «… la obligación de los esposos de suministrarse alimentos varía según vivan en común, estén separados de hecho, separados de cuerpo judicialmente, o divorciados. Pero la verdadera ley de divorcio fue la número 1306-bis de fecha 21 de mayo de 1937, Gaceta Oficial 5034, que derogó la ley 843 de 1935, ambas bajo la dictadura de Trujillo. Esta ley 1306-bis sufrirá luego algunas modificaciones, pero la base fundamental reside en las de 1937 y 1942.

§ 9. A este cuerpo constitucional que va de 1844 a 1892-1937-1942 se enfrentaron las escritoras dominicanas invisibilizadas con seudónimos femeninos y, excepcionalmente, masculinos. Si no yerro, desde el siglo XIX al XX, únicamente un hombre usó un seudónimo femenino: Ulises Francisco Espaillat, quien firmó en el periódico El Oasis de la Capital sus crónicas en contra del merengue con los seudónimos de María y Julia, además de usarlos en temas variados en los periódicos El Orden, La Paz y El Eco de Santiago de los Caballeros entre 1875 y 1876. ¿Por qué? (CONTINUARÁ).

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