¿Cuota de la mujer?

¿Cuota de la mujer?

La Constitución de la República Dominicana recién proclamada les da a las mujeres los mismos derechos jurídicos que a los hombres, permitiéndoles votar y presentarse como candidatas a cualquier cargo electivo.

Años atrás, el sistema jurídico dominicano era asombrosamente retrógrado. A las mujeres no les estaba permitido ejercer el sufragio, firmar contratos, ni administrar negocios o propiedades. Hoy, las del género femenino disfrutan de todos sus derechos, toman partido en las campañas electorales, y en las muy variadas manifestaciones cívicas.

La coeducación es un hecho. Nuestras escuelas públicas son mixtas, y muy pocos colegios privados son exclusivos de varones o de hembras.

La presión a favor de la emancipación de la mujer aquí no lo ejerció un movimiento femenino de masas, sino un minúsculo grupo de mujeres cultas y algunas que otras militantes de partidos políticos progresistas.

Josefina Padilla, Ivelisse Prats, Magaly Pineda, Marcia Jiminián, Marta Olga García, Lourdes Contreras, Flavia García y otras eran, en los años 60 y 70, las más señaladas defensoras de la igualdad entre los géneros. Eran tiempos de grandes acontecimientos, momentos decisivos y dramáticos en los que esas valiosas mujeres, atendiendo a un llamado de la historia, asumieron roles protagónicos.

A pesar de esos afanes, los hombres siguen predominando. Y en algunos círculos sociales y políticos de aquí, no es bien vista la mujer que se atreve a igualarse con el hombre y a incursionar en el territorio patriarcal de éste. Como aún persisten esas desventajas de la mujer frente al hombre, existen leyes que establecen cuotas mínimas de participación de la mujer en cargos electivos. De acuerdo a esos edictos, uno de cada tres legisladores, debía ser mujer.

El apreciado amigo Julio César Castaños Guzmán, presidente de la Junta Central Electoral, en ocasiones ha expresado que no aceptará candidaturas a cargos electivos que no se avengan a dicha fórmula.

En el numeral 4 del artículo 39 de la recién proclamada Constitución de la República se establece que la mujer y el hombre son iguales ante la ley; y se prohibe cualquier acto que tenga como objetivo o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad de los derechos fundamentales de mujeres y de hombres.

Somos de opinión que favorecer con una cuota a la mujer es discriminar al hombre. Pero, otros entienden que se trata de una discriminación táctica que debe mantenerse mientras aquí no sean plenas las condiciones de igualdad de géneros. Pero, ¿cómo garantizamos la igualdad entre hombres y mujeres estableciendo privilegios de unos en perjuicio de otros?

Es hora de que demos un paso adelante. De que usemos pantalones largos. Nada de cuota ni de otros privilegios a favor del hombre o de la mujer. Aquí, todos somos iguales.

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