Cury critica discurso del presidente Fernández

Cury critica discurso del presidente Fernández

El abogado Julio Cury declaró hoy que el presidente Leonel Fernández no rindió cuentas de su administración durante el 2011, ante la Asamblea nacional.

Explicó que “Al no haber  el Presidente ofrecido detalles de los ingresos y egresos del 2011, de los resultados económicos y financieros esperados, ni hacer las proyecciones macroeconómicas y fiscales que manda el artículo 114, es claro que el discurso de ayer no se ajustó con la Constitución”.

Cury manifestó que el mandatario omitió detalles referente a la inversión pública del pasado año, así como también de las proyecciones macroeconómicas y fiscales del 2012 como lo exige el artículo 114 de la Constitución”.

Señaló que la reformada Constitución de 1994 establecía como obligación de todo mandatario, la presentación de un mensaje acompañado de las memorias de los Secretarios de Estado, disposición que, según Cury, carecía de precisión y les permitía a los jefes de Estado despacharse con discursos más políticos que explicativos de las cuentas públicas y de las inversiones realizadas.

 Expresó que a raíz de la Constitución proclamada el 26 de enero del 2010, el Presidente está obligado a presentar datos específicos de la administración presupuestaria del año anterior y de las erogaciones que se propone hacer con cargo de los fondos públicos.

El jurista, que forma parte del Consejo Asesor del Ing. Hipólito Mejía, dijo que “el Presidente es el administrador de la cosa pública y es facultad del Congreso, según el literal (a) del numeral 2, del artículo 93 de la Constitución, aprobar o rechazar las cuentas administrativas.

Cury dijo que Fernández se llevó de encuentro el artículo 75, que impone como deber fundamental de todo ciudadano acatarla, cumplirla y respetarla.

El reconocido abogado resaltó que “si hubiese sido Hipólito Mejía el que se despachase con semejante discurso, los peledeístas, que controlan el Congreso Nacional, hubiesen estado hablando de la pertinencia de recurrir al artículo 83.1 de la Constitución.

Que según Cury le atribuye a la Cámara de Diputados la facultad de acusar ante el Senado a los funcionarios electos por voto popular que hubiesen cometido faltas graves en el desempeño de sus funciones, siendo la violación de un mandato constitucional.

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