José Dantés: no es cierto que las deudas de fideicomisos públicos no van a pasar al Estado

José Dantés: no es cierto que las deudas de  fideicomisos públicos no van a pasar al Estado

José Dantés

El consultor Jurídico del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), José Dantés, reiteró que las deudas contraídas por los fideicomisos públicos pasarán a ser una carga para el Estado.

Dantés hizo referencia al proyecto de ley, y puntualizó que en el artículo 8 en el numeral 5, dice que la deuda, los empréstitos y los demás compromisos económicos que se encuentren a cargo del fideicomiso van a quedar afectados exclusivamente por el patrimonio fideicomitido, por lo cual no deben estar sometidas a la garantía del Estado, por lo que no constituye una deuda pública.

«Ahora, ¿qué ocurre? El numeral dice que salvo que, de forma expresa, se hubiese pactado lo contrario en el acto constitutivo del fideicomiso. Eso quiere decir que, en principio, las deudas no van a ser parte del Estado, salvo que, en el acto constitutivo que elabora y firma el Presidente se ponga que así será», aseguró el consultor del PLD.

El peledeísta, que fue entrevistado en el programa Despierta con CDN, que se transmite por CDN, canal 37, citó al economista José Luis de Ramón, quien asegura que la deuda de los fideicomisos públicos las asume el Estado en un 99 %, «porque existe un riesgo intangible».

En ese sentido, los fideicomisos que hasta el momento el gobierno del presidente Luis Abinader ha creado han sido sin una ley que los regule, lo que representa, a su juicio, la suplantación de las atribuciones de las entidades públicas.

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Hace varios días, Omar Fernández, diputado de la Fuerza del Pueblo, señaló que actualmente no existe el consenso para la aprobación de la pieza bajo el entendido de que existen “observaciones válidas”.

“No hay consenso respecto a este proyecto de ley en este momento. Los partidos de oposición tenemos observaciones que son muy válidas y puntuales, y que para nada es el espíritu de que el proyecto se caiga sino todo lo contrario fortalecerlo y mejorarlo para que los fideicomisos públicos en lo adelante tengan un base legal cónsona con lo jurídico y con lo conveniente”, dijo.

Más temprano, el director Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel, puntualizó que Ley 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones del Estado no fue diseñada para un instrumento jurídico financiero como el fideicomiso, sino que fue elaborada para la administración pública central, descentralizada y autónoma.

Sin embargo, el titular de Contrataciones Públicas detalló durante la entrevista que dicho proyecto, que se discute en la Cámara de Diputados, establece sus disposiciones de control, cuyo funcionamiento debe estar regido por el marco legal.

«Lo primero: la constitución del fideicomiso debe ser por decreto presidencial. Luego, en el fideicomiso hay una fiduciaria, es decir, que está regulado. Pero el proyecto de ley además establece que está sujeto al régimen de inversión pública; tienen que ser proyectos que pasen todos los estándares. Pero establece, también, que están sujetos a los controles de la Contraloría, de la Cámara de Cuentas. Además, por su naturaleza jurídica, será regulado por la Superintendecia de Bancos», explicó Pimentel.

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