De cara al lenguaje y a la publicidad sexista contra la mujer

De cara al lenguaje y a la publicidad sexista contra la mujer

Mayra Guzmán De Los Santos.

Mucha de la violencia contra la mujer tiene unos matices bien difuminados, bien sutiles, los cuales nos llegan a través de la publicidad, de los chistes, de la crianza recibida, y pasa casi desapercibida. Probablemente nos hemos ido acostumbrado, y lo vemos como normal, “sin nada de malo”, lo que no debería de ser. Este es un tipo de violencia simbólica, es muy peligrosa y debemos dar la cara.

La publicidad sexista atenta contra la dignidad de la mujer, y no se limita a la representación cosificada del cuerpo femenino, también induce a las mujeres a realizar una constante intervención cosmética en sus cuerpos, a fin de adaptarse a las exigencias del prototipo de belleza estatuido, así como para la captación de la mirada masculina.

Este otro tipo de violencia que padecen las mujeres es igualmente un problema de violación de derechos humanos, y que afecta a todas las sociedades. Los creativos que diseñan estas campañas publicitarias llevarán a lo gráfico sus propias creencias o limitaciones, y por tanto, se hace necesario contar con una legislación, un marco legal, que les regule, para garantizar de manera especializada, los derechos que nos consagran la Constitución y los Convenios Internacionales.

De cara al humor sexista.

Introduje en este escrito un “chiste sexista” que recibí en un grupo de WhatsApp. Uno de los tantos, ante nuestra mirada indiferente.

En general, éste tipo de chistes muestran lo que queremos ridiculizar o desvalorizar. Estamos claros de que tanto las mujeres como los hombres suelen ser víctimas, pero nuestra atención, por lo recurrente, y vulnerable, será hacia la mujer, la cual es mucho más violentada en razón de su género.

Los chistes sexistas contra la mujer son muy variados. Veamos algunos: Enfatizan una incapacidad financiera para autosostenerse, ¿… y tu esposa? “Oh! viviendo de mi”. Si conduce en el tránsito, “tenía que ser una mujer”, porque solo ella comete errores, o bien “cuidado que es una mujer”, “Mujer al volante, peligro constante”, etc. No están apta para tomar buenas decisiones, o ser inteligentes… “tiene la cabeza para hacerse rolos”. “Loca”.  Histérica“.. Está en sus días”. Las mujeres soportan mucho, pero los hombres soportan a las mujeres. “Le he comprado un collar a mi esposa. Pues yo todavía la llevo suelta”…Son muchas expresiones lesivas, y que nos resultarían familiares. ¿Y nos vamos a reír? ¿Pero por qué y de qué?

Ahora la situación se ha agravado, ha tomado un camino alarmante. Recientemente la Cámara de Diputados de la República de Chile aprobó un nuevo proyecto en el cual se reemplaza la palabra “mujer” por el termino de “persona menstruante”, una iniciativa que pasará al Senado. Es lo más vejatorio que he escuchado desde una institución del Estado con el compromiso de legislar para la igualdad.

Estos temas han sido de la atención, para su estudio científico, de la psicología. Se concluye que la exposición a chistes sexistas puede derivar en la tolerancia a sentimientos hostiles y a la discriminación hacia una mujer. El humor sexista, no es una broma.

Thomas E. Ford, Ph.D en psicología, profesor de Western Carolina University, le ha prestado especial interés al humor dentro de las interacciones sociales, y naturalmente, al humor sexista. Para él, “el humor sexista es la denigración de la mujer a través del humor”.

De cara a la publicidad sexista

La publicidad sexista, lleva a la cosificación de la mujer.

  • Muestra actos de violencia hacia las mujeres como algo divertido, liviano o poco importante.
  • Utiliza el cuerpo femenino como anzuelo, para atraer la mirada al producto que se quiere vender.
  • Se menciona lo femenino como algo negativo o de menor valor.
  • Si lo mismo lo hiciera el hombre, éste se viera ridículo.

Ejemplosde publicidad sexista,

  • Publicidad de Porristas de algunos equipos destacados del beisbol dominicano.
  • El comercial del chocolate Snicker, con el slogan: “No eres tú cuando tienes hambre”.  Si recuerdan, el hombre al tener hambre se convierte en mujer, en una señora de edad).
  • Los diseñadores de moda Domenico Dolce y Stefano Gabbana (Dolce & Gabbana), en la publicidad en el que aparece la imagen de un hombre que mantiene a una mujer contra el suelo sujetándola por las muñecas, mientras otros hombres contemplan la escena. Se consideró que violaba la Ley General de Publicidad española de 1988, y fue retirada del mercado español.

Ley General de Publicidad, No. 34/1988, de fecha 11/11/88, y la Ley orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, No. 1/2004,(españolas) son en este sentido, referentes de protección a la mujer.

El Capítulo II, de ésta última, está dedicado al “Ámbito de la publicidad y de los medios de comunicación”.

El artículo 10, se refiere a la publicidad ilícita, la cual establece que “se considerará ilícita la publicidad que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio o discriminatorio.”

El Artículo 14, dispone que: “Los medios de comunicación fomentarán la protección y salvaguarda de la igualdad entre hombre y mujer, evitando toda discriminación entre ellos.

La difusión de informaciones relativas a la violencia sobre la mujer garantizará, con la correspondiente objetividad informativa, la defensa de los derechos humanos, la libertad y dignidad de las mujeres víctimas de violencia y de sus hijos. En particular, se tendrá especial cuidado en el tratamiento gráfico de las informaciones.”

De cara a la publicidadilícita.

A la fecha no tenemos una ley de regulación de la publicidad como tal. Estos temas se han entendido, en principio, como de la competencia del Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro-Consumidor), quien ha emitido la Resolución del Consejo Directivo No. 016-2014, que regula la publicidad engañosa, de fecha 14 de agosto de 2014. En dicha resolución se hace referencia a los criterios para tipificar la publicidad engañosa, pero no es extensiva a la publicidad ilícita, entre otras modalidades como lo sería la publicidad sexista.

Como fruto de esta investigación, descubrí un proyecto de ley presentado por el ex senador de La Vega, Ing. Euclides Sánchez, (muy criticado por la prensa), sobre “Ley que Prohíbe la Publicidad Engañosa, Ilícita, Desleal, Subliminal y Discriminatoria en República Dominicana”, como similitudes a la referida ley española, pero ahí quedó todo. Veamos dos de sus artículos, que me resultan muy necesarios:

“De la Publicidad Ilícita. Artículo 10.- Publicidad Ilícita:   Es la publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constitución. 

Párrafo Único: Se entenderán incluidos en la previsión anterior los anuncios que presenten a las mujeres de forma vejatoria, bien utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar, bien su imagen asociada a comportamientos estereotipados que vulneren los fundamentos de nuestro ordenamiento, contribuyendo a generar la violencia.” 

“Artículo 13.- Vejación o Discriminación de la Imagen de la Mujer. Cuando una publicidad sea considerada ilícita por afectar a la utilización vejatoria o discriminatoria de la imagen de la mujer, podrán solicitar del anunciante su cesación y rectificación a través de la secretaria de la mujer o a través del Instituto de protección de los derechos de los consumidores.”

Finalmente, ¿A qué aspiramos?

  • A que la mujer sea educada sobre sobre ella misma.
  • A defendernos a nosotras mismas. La mujer ayudando a crecer a la otra mujer.
  • A que conformemos un observatorio nacional, y no nos hagamos cómplices, por acción u omisión, con nada que atente contra nuestra propia dignidad y autoestima.
  • A que identifiquemos la violencia simbólica y la desactivemos de manera consciente.
  • A que contemos con una Ley General de Publicidad, que integre la protección de la mujer de toda violencia ejercida a través de este canal, prohibiendo su cosificación.
  • A que el Ministerio de la Mujer, se ponga para lo suyo, y amplíe su compromiso con la razón de ser de dicho Ministerio: Lograr que la mujer sea libre de todo tipo de violencia.
  • A que en Chile, a la mujer no se le maltrate como “persona menstruante” y desde aquí, elevamos nuestra voz por su respeto y dignidad.

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