¿Deberíamos aplicar la pena de muerte a ciertos criminales?

¿Deberíamos aplicar la pena de muerte a ciertos criminales?

Frederic Emam-Zade Gerardino

Ante el número creciente y la diversidad de crímenes atroces que nos azota, más y más dominicanos opinamos que deberíamos modificar la Constitución para establecer la pena de muerte como castigo máximo y obligatorio para ciertos tipos de criminales.
Visualicemos por un momento una reforma constitucional que establezca la ejecución pública y televisada de esos criminales condenados a pena de muerte, a los 45 días de ser sentenciados de manera definitiva e irrevocable.
Para fines de argumentación digamos que se establece que un juez tiene obligatoriamente que sentenciar a la pena de Muerte a: quienes asesinen a niños y jóvenes menores de 18 años, a mayores de 70 años y a personas con impedimentos físicos y/o mentales para defenderse.
Digamos que también se establece la pena de muerte para los grandes narcotraficantes y los secuestradores. A los demás asesinos, a los violadores sexuales y a los narcotraficantes medianos se les daría una sola oportunidad y si les ejecutaría solamente si reinciden y luego de su sentencia definitiva e irrevocable. ¿Qué podríamos esperar que ocurra a consecuencia de esta reforma constitucional? ¿Bajaría o no el número de crímenes? ¿Estará mejor la sociedad así?
El argumento simple a favor de la pena de muerte es que al ejecutar a estos criminales vamos a impedir más crímenes, y que la sociedad estará mejor al haber sacado de circulación a sus peores criminales y haber salvado a quienes hubieran sido sus víctimas. ¿Qué nos dicen las estadísticas al respecto? ¿Sucede así en la realidad?
Para los fines de nuestro análisis, tomemos las estadísticas de un país que haya llevado registros confiables durante varias décadas recientes y que además haya tenido períodos de aplicación de la pena de muerte y períodos en los cuales no se haya aplicado, para poder comparar las estadísticas de víctimas de homicidios versus las estadísticas de homicidas ejecutados, con y sin régimen de pena de muerte.
Un país que cumple con estos requisitos son los Estados Unidos de América (EEUU) durante 61 años comprendidos entre 1950 – 2011.
Las estadísticas sobre los criminales ejecutados y el número de homicidios ocurridos durante los últimos 61 registradas por el Buró de Estadísticas Judiciales del Departamento de Justicia de los EEUU reflejan que existe una altísima correlación inversa entre ambas variables. Se observa que cuando aumentan las ejecuciones bajan los homicidios y cuando disminuyen las ejecuciones suben los homicidios.
La correlación por si sola no implica causalidad, pero si vemos el comportamiento de ambas variables en el tiempo podemos observar claramente en la figura número 1, cómo ocurrieron una serie de comportamientos y en que secuencia, y su posible relación de causa y efecto.
Como se puede apreciar en la figura número 1, durante el período en que cayeron las ejecuciones de criminales desde poco más de 100 condenados al año en el 1951 a cero ejecutados en el año 1965, los homicidios subieron lentamente de 7,000 a 9,000 víctimas anuales entre los 12 años comprendidos entre 1950 y 1962 y luego subieron mucho más rápidamente, duplicándose en solo 10 años, desde unas 10,000 víctimas en 1963 hasta unas 20,000 víctimas en el 1973.
Posteriormente, durante los 20 años comprendidos entre 1973 y 1993 el número de homicidios se quedó oscilando entre 20,000 y 25,000 víctimas anuales, subiendo y bajando, mientras se discutía y luego se restauraba la pena de muerte en varios estados. Después de restaurada, cuando las ejecuciones hicieron un pico cerca del año 2000, cayeron en consecuencia y rápidamente los homicidios hasta llegar a poco más de la mitad de antes, a unas 15,000 a 17,000 víctimas anuales.
La tendencia registrada en los Estados Unidos durante los 50 años comprendidos entre 1950 – 2000 nos indica que durante los años que no se ejecutaron criminales el número promedio de homicidios fue de alrededor de 19,000 víctimas anuales, descendiendo este número de víctimas a razón de 101 vidas salvadas por cada criminal ejecutado.
Argumentos a favor de la pena de muerte. En los Estados Unidos se observó que entre los años 1950-2000, por cada criminal ejecutado, de alguna manera se salvaron a unas 101 personas de ser asesinadas; y que cuando se dejaron de ejecutar criminales, aumentaron los crímenes y los homicidios. Y es que la mente criminal, como mente humana que es, calcula los pros y los contra de sus decisiones y acciones criminales; decidiendo actuar cuando los factores a favor de sus actividades criminales son mayores que los factores en contra.
Desde el punto de vista ético la pena de muerte es justa y moral, porque es la única pena justa para determinados delitos atroces (asesinatos, violación de niños, narcotráfico en gran escala, secuestros, etc.) que privan a otros de sus vidas.
Es injusto que la sociedad tenga que respetarle derechos a criminales que no han respetado los derechos de los demás, reiteradamente.
El que en pleno uso de sus facultades no actúa como un ser humano y comete delitos graves reiteradamente, ha roto de-facto su contrato social y debería saber que la sociedad no lo va a proteger, sino que se va a proteger de él y le va a negar el derecho a su vida si sigue cometiendo crímenes.
La pena de muerte también le da cierto consuelo o satisfacción a muchos de los parientes y seres queridos de las víctimas, que merecen un mejor trato que el dispensado al criminal.
La pena de muerte es la pena más eficaz para impedir determinados delitos, sobre todo cuando se publicita su aplicación efectiva con noticias sobre las ejecuciones públicas y televisadas. La pena de muerte asusta a los posibles criminales más eficazmente que otras penas. La pena de muerte además evita que los criminales puedan volver acometer más delitos, fugándose de la prisión o desde la prisión.
Mantener a ciertos criminales en prisión sale muy costoso y les facilita crear bandas criminales que lo ayuden a liberarse por la fuerza, por chantajes o sobornos. La pena de muerte es además menos costosa para la sociedad que la cadena perpetua; la sociedad que además de haber sido víctima de sus crímenes no tiene por qué además mantener al criminal por décadas, hasta que muera o cumpla su condena.
La pena de muerte es aceptada o incluso ordenada por la mayoría de las religiones y la mayoría de la población mundial la apoya; ha sido usada en muchas partes y en muchas ocasiones desde el inicio de la historia de la humanidad y hoy en día se sigue aplicando en muchos países y de diversas maneras: la silla eléctrica, la cámara de gas, la inyección letal, la horca y el paredón de fusilamiento, entre otras modalidades. En algunos sitios las ejecuciones se hacen en privado y en otras partes son tan públicas que hasta se transmiten por televisión para que los criminales en potencia las puedan ver y sepan que les puede suceder a ellos si cometen similares crímenes.
La pena de muerte en Centroamérica, el Caribe y el resto del mundo. Según datos de Amnistía Internacional Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Cuba, Guatemala, Guyana, Jamaica, San Cristóbal y Nevis, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía y Trinidad y Tobago aplican la pena de muerte. Granada y Surinam conservan la pena de muerte pero llevan más de 10 años sin aplicarla, mientras que El Salvador solo la contempla en su legislación militar y en circunstancias excepcionales como la guerra. En todo el Caribe, solo México, Nicaragua, Honduras, Costa Rica, Colombia, Venezuela, República Dominicana, Haití y Panamá eliminaron la pena de muerte de sus normativas.
En el ámbito global, de los 195 estados independientes miembros y observadores de las Naciones Unidas, unos 100 países (51% del mundo) han abolido la pena de muerte, 7 países (4% del mundo) aun la aplican por crímenes cometidos en circunstancias excepcionales, como en tiempos de guerra. Otros 48 países (25% del mundo) tienen leyes que le permiten aplicar la pena de muerte, pero no lo han hecho en los últimos 10 años. Y finalmente, los 40 países restantes (20% del mundo) mantienen la pena de muerte en sus leyes y en la práctica.
La pena de muerte existe en la mitad del mundo y se sigue aplicando en una quinta parte de los países del mundo.
¿Y en RD? En la República Dominicana un número creciente de dominicanos queremos que se reforme la Constitución para instaurar la pena de muerte para ciertos tipo de criminales y queremos que se abra el debate. Hay muchos otros aspectos éticos, filosóficos, morales y religiosos además de los económicos, que pueden debatirse.
Pero debemos sopesar que mientras se abra y perdure el debate seguirán habiendo más crímenes y que estos crímenes serán en parte responsabilidad de quienes alarguen el debate o eviten que se establezca la pena de muerte en nuestro país.
De seguir sin ejecutar a esos criminales estaremos propiciando muchos más crímenes contra muchas más inocentes víctimas. Nadie puede discutirnos que entre propiciar la muerte de los criminales o la de sus víctimas, la primera opción es mucho más preferible para el bienestar de la sociedad que la segunda. Además si se ha podido reformar la Constitución para otros asuntos menos importantes para la sociedad, cabe preguntarse… ¿Por qué no reformarla para salvar las vidas de quienes morirían si no se establece la pena de muerte?

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