Decisión judicial incomprensible

Decisión judicial incomprensible

El juez suplente del Tribunal de Ejecución de la Pena de San Cristóbal, magistrado Willy de Jesús Núñez, acogió ayer un recurso de amparo incoado por la reclusa Sobeida Félix Morel, a través de su abogado, para que se le permitiera desenvolverse en el penal Najayo-mujeres en igualdad de condiciones con las otras reclusas.

Desde ayer, por lo tanto, la ya famosa reclusa podrá caminar por los pasillos del recinto penitenciario, salir al patio como lo hacen las otras, usar teléfonos públicos, asistir a clases, ir al salón de belleza cuando le plazca y tomar el sol en lugares abiertos.

Aparentemente, Sobeida Félix consiguió una gran conquista para el ejercicio de sus derechos,  un gran triunfo de su abogado y una excelente sentencia del magistrado Willy de Jesús Núñez. Pero cuando se razona un poquito más y se recuerdan los argumentos del responsable del nuevo sistema penitenciario, el ex rector de la universidad estatal Roberto Santana, entonces es posible pensar que al juez de San Cristóbal podría haberle faltado, a la hora de evacuar su sentencia, sentido práctico o sentido de contexto en la aplicación de la ley. Otros dirían que la prudencia no hizo acto de presencia.

Este periódico no vacila en afirmar que las autoridades del penal  Najayo-mujeres no estaban conculcando los derechos de la reclusa Sobeida Félix, sino que estaban protegiéndola y evitando que con ella se repitieran situaciones vividas en las cárceles dominicanas con personas vinculadas a gruesos expedientes de narcotráfico.

La señora Sobeida Félix está acusada de lavado de activos en el expediente, ya famoso, que envuelve a su compañero sentimental Figueroa Agosto. Sin entrar en el fondo de los hechos y de las incriminaciones judiciales, no puede pasarse por alto el hecho de que son varias las personas vinculadas a este caso que han caído asesinadas, incluyendo una que estaba precisamente encarcelada.

¿Qué pueden hacer las autoridades?

Para el Ministerio Público, para los responsables del nuevo sistema penitenciario y para la Dirección General de Prisiones, la situación creada es incómoda,  y podría afirmarse que única. ¿Qué hacer? Sin duda alguna que bajo ninguna circunstancia ni argumento puede permitirse que la vida de esta mujer corra riesgos innecesarios. Habrá que cumplir la sentencia hasta donde las circunstancias lo permitan.

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