Decreto: extienden horario a empleados que brindan servicios a domicilio de alimentos cocidos

Decreto: extienden horario a empleados que brindan servicios a domicilio de alimentos cocidos

El presidente Luis Abinader emitió un nuevo decreto la noche de hoy en el que extiende el horario de circulación hasta las 12:00 a.m. a empleados o contratistas de restaurantes que venden alimentos cocidos a domicilio.

La disposición está contenida en el decreto 718-20, modificando así el numeral 11 del artículo 4 del decreto núm. 698-20, del 15 de diciembre de 2020, que establece el toque de queda y otras medidas de distanciamiento Social en e l territorio nacional.

El decreto 698-20, establecía que los empleados o contratistas de restaurantes que brinden servicios a domicilio de alimentos cocidos podían circular hasta las 11 de la noche.

“Se modifica el numeral 11 del artículo 4 del decreto núm. 698-20, del 15 de diciembre de 2020, que establece el toque de queda y otras medidas de distanciamiento social en el territorio nacional, para que en lo adelante diga lo siguiente: Empleados o contratistas de restaurantes que brinden servicios a domicilio de alimentos cocidos. los cuales podrán circular hasta las 12 a.m., exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales”, sostiene el decreto en su artículo uno.

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