Decreto regula devolución impuestos selectivos combustibles

Decreto regula devolución impuestos selectivos combustibles

El presidente Danilo Medina emitió ayer el decreto 275-16, que reglamenta el Sistema de Devolución de los Impuestos Selectivos al Consumo de todos los combustibles fósiles y derivados del petróleo.
La disposición establece el procedimiento y las condiciones que se deben cumplir para beneficiarse del sistema y es fruto de la Ley 253-12 de Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal.
El decreto 275-16 también determina el procedimiento para el reembolso a personas físicas, jurídicas y entidades. Además para regímenes especiales y contratistas.
Precisa que para aplicar para el reembolso establecido en el citado decreto, las personas físicas, jurídicas o empresas, deben estar clasificadas por el Ministerio de Industria y Comercio, dentro de la categoría correspondiente a generación eléctrica.
A esos efectos, las mismas, deberán disponer de su Resolución Clasificación, emitida por los ministerios de Industria y Comercio y de Hacienda y de la Superintendencia de Electricidad.
La resolución debe estar avalada por un estudio previo de la estructura de generación.
Un equipo de técnicos interinstitucional tendrá a su cago la evaluación.
Deberán incluir informaciones relacionadas a la empresa y un Código Interno emitido por el Ministerio de Hacienda.
Indica que las generadoras beneficiadas podrán presentar semanalmente su solicitud de reembolso a través de la Oficina Virtual de la Dirección General de Impuestos Internos.
El decreto establece que presentarán en el período generación de electricidad, consumo de combustible y monto de impuestos pagado y que el Ministerio de Hacienda fiscalizará la solicitud.

Publicaciones Relacionadas