De“cuál corrupción” hablamos

De“cuál corrupción” hablamos

Muchas y diversas reacciones han suscitado la denuncia del embajador USA sobre corrupción y la respuesta del presidente Medina. Unos aplaudiendo al diplomático y otros el “boche” presidencial preguntando sobre “cuál corrupción”. Ciñéndonos a las palabras de Danilo Medina candidato, “sancionar corrupción hasta por el rumor público” (Listín Diario 27/09/2011), podría concluirse que el mandatario no se ha percatado de los rumores que circulan. Ni de compromisos internacionales asumidos para combatirla respaldados por tipificaciones establecidas en nuestro Código Penal.
Parece que el mandatario NO se ha percatado del último informe de Transparencia Internacional sobre percepción de la corrupción. Nos ubican dentro del tercio de países más corruptos advirtiendo que para 2015 “la puntuación ha… empeorando la percepción de su población…” (ver:http://www.datosmacro.com/estado/indice-percepcion-corrupcion/republica-dominicana)
Nuestra nación suscribió la Convención Interamericana contra Corrupción mientras gobernaba Balaguer en 1996. En ella nos comprometíamos a promover mecanismos para combatirla y regular la cooperación entre los Estados. EEUU también la suscribió. El artículo IV de dicha convención define actos de corrupción: “requerimiento… aceptación… de objetos de valor… favores, promesas o ventajas… a cambio… de realización u omisión de cualquier acto en… ejercicio de… funciones públicas”. Considera corrupción tanto ofrecer como otorgar así como quienes la instan, encubren o son cómplices de ella.
A partir del art. 166 de nuestro Código Penal se tipifican crímenes y delitos cometidos por funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones.
Se citan sustracción de bienes y valores del Estado: rentas no depositadas, equipos e inmuebles incautados por operaciones ilegales, disponer inadecuadamente de retenciones de fondos particulares como los de pensiones; apropiación de bienes públicos para uso privado: personal asignado, vehículos y terrenos cedidos a precios vil (CEA?); concusión o extorsión manifestadas, p.e., a través de retenciones de cubicaciones para forzar recurrencias a financiamientos usureros (OISOE?); soborno y cohecho (TUCANO?).
Pero no hay necesidad de abundar casos bastando citar el abuso de autoridad al escoger la oferta más cara para PUNTA CATALINA excusándose en la supuesta disponibilidad de financiamiento finalmente no obtenido; botón que sirve de muestra que hubiera bastado, por aquello de “dime con quien andas y te diré quién eres”, para saber de cuál corrupción hablamos.
La impunidad fomenta corrupción. Por eso no había necesidad de preguntar cual corrupción ante falta de sanciones a hechos dolosos pasados valiéndose de expedientes mal fundados, acción selectiva, condicionada y a paso de tortuga del Ministerio Público, rotación de funcionarios cuando destapan hechos delictivos, encubrimiento de casos, etc.
Para coronar de cual corrupción hablamos bastaría recordar que el PRD hoy aliado al Gobierno presentó en 2012, 71 casos de corrupción. Ver: http://www.dominicanoahora.com/politica/partidos/11896-prd-presenta-listado-con-71-actos-corrupcion-se-habrian-cometido-en-los-gobiernos-del-pld.html.
¿Cómo explicar entonces que el presidente Medina ignore de cuál corrupción hablamos los dominicanos?

Publicaciones Relacionadas

Más leídas