El Consejo de Defensa del exprocurador denunció el atropello desde el inicio del proceso que ha experimentado el equipo y en especial Jean Alain Rodríguez, por lo que exigió que se le dé un trato igualitario como se le ha dado a otros casos donde la Procuradora Miriam Germán Brito ha exigido el cumplimiento de la ley y el debido proceso.
Expresaron que han tenido que elevar instancias al tribunal por las más de 112 peticiones realizadas a la PEPCA por Jean Alain Rodríguez en estos 14 meses que ha estado privado de libertad, debido a la negación de estos a entregarlo, habiendo entregado apenas el 10% de los mismos, teniendo que ordenar la jueza la entrega de todos los documentos, muchos de ellos todavía sin haber sido entregados.
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A su vez, denotan que el Ministerio Público filtró el documento de acusación y entregó una carpeta “oficial” con dispositivos electrónicos contenientes de pruebas que todavía no pueden ser acezados, por lo que exigen a la Procuradora Miriam Germán Brito como cabeza de dicha institución hacer cumplir la ley y respetar el debido proceso instruyéndole al personal bajo su mando hacer lo que corresponde, como lo ha hecho en otros casos recientes, sin miramientos, pues muy a pesar de estar inhibida, es su responsabilidad.
En el documento acusatorio, más de 100 testigos, reales o no, señalan al exjefe de gabinete, Rafael Canó Sacco, como el autor de los sobornos y coimas, habiendo recibido más de 590 millones en soborno, destacando graves y serios crímenes contra el erario por lo que es absurdo e improcedente que rinda sus declaraciones de manera virtual por video conferencia, y que haya sido excluido del expediente, agregaron.
Señalan que dentro de las múltiples filtraciones y violaciones, la PEPCA suministró a un comunicador un interrogatorio realizado a Canó Sacco donde se menciona la solicitud de extradición, cosa que no ponen en duda, ya que sería inverosímil que éste se abstenga del proceso en franca violación del debido proceso y recibiendo un trato privilegiado solo por el hecho de estar cooperando con la justicia.
Resaltaron que es evidente que en los interrogatorios no figuran pruebas materiales que den indicios de que el ex procurador Jean Alain Rodríguez haya solicitado o aceptado sobornos, pagos o actos irregulares en su beneficio, muy al contrario exponen a Cano Sacco.
“Canó Sacco tenía una red de amigos, familiares y personas cercanas a él y a sus empresas, a las que le prometía una adjudicación a cambio del 20% de los contratos. El documento acusatorio demuestra que esto funcionaba como un negocio piramidal, donde los relacionados se convertían en captadores de empresas y beneficiarios de las asignaciones que otorgaba Canó Sacco. No hay ninguna prueba que señale a Jean Alain Rodríguez de haberse beneficiado de alguna manera, más allá de un burdo testimonio de quien era autor de estas fechorías. El Ministerio Público no puede utilizar este argumento como el fundamento de una acusación, a sabiendas que los testimonios no se constituyen como elementos de prueba y que su testimonio carece de valor probatorio de acuerdo al Art. 172 del Código Procesal Penal” expresó el Dr. Carlos Balcácer.
Señalaron que las conductas punibles no se pueden exonerar, mitigar, ni atenuar, salvo expresión de la ley, lo cual en el caso de Rafael Canó Sacco no tiene aplicación, a menos que sea transitado al proceso penal.