Defensora Pública dice alarma exceso prisión preventiva

Defensora Pública dice alarma exceso prisión preventiva

La directora de la Defensoría Pública, Laura Hernández, afirmó ayer que el uso abusivo de la prisión preventiva es un indicador de que el sistema de Justicia Penal en el país es disfuncional.

Urgió a los organismos gubernamentales y a las diferentes instituciones públicas relacionadas con el sistema de Justicia Penal, identificar y corregir las causas que generan esa situación para evitar que lo que hoy es alarmante, se convierta en insostenible.

Dijo que esa situación responde a un fenómeno generalizado de desconfianza hacia otro tipo de medidas alternativas, que a su vez es fruto de la pervivencia de la cultura inquisitiva basada en el principio que dice que no hay proceso sin preso.
Agregó que esa desconfianza “radica en la propia pasividad e ineficiencia de los poderes públicos, especialmente del Ministerio Público” al no desarrollar programas e instrumentos adecuados que permitan controlar de forma eficaz el cumplimiento de las medidas de coerción alternativas a la prisión preventiva.

“La ausencia de tales medios operativos de control eficaz genera, en la práctica, que el Ministerio Público recurra sistemáticamente a la prisión preventiva y el juez de la instrucción acceda a su adopción”, subrayó la directora de la Defensoría Pública.
Justificación no es válida. Hernández señaló que para justificar el excesivo uso dela prisión preventiva se alega que la adopción de medidas de coerción alternativas genera impunidad e inseguridad ciudadana, lo cual dijo, no se puede afirmar sin la preexistencia de mecanismos fallidos que lo comprueben.
Afirmó que se hace necesario crear los mecanismos para aumentar el uso de las medidas de coerción diferentes a la prisión, que sean capaces de asegurar el imputado libre al proceso.
“Que cese la práctica de disfrazar la prisión con garantías económicas de imposible cumplimiento, y que sean fijados por medio de protocolos o resoluciones internas de cada organización los criterios para la determinación de las salidas alternativas y las solicitudes de prisión preventiva, para que en aquellos casos donde no hay grave afectación al bien jurídico protegido o las víctimas no tienen interés en perseguir, sean resueltos a través de solución alternativa”, puntualizó Hernández.

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