JUAN M. RAMIREZ
j.ramirez@hoy.com.do
La Federación Dominicana de Municipios (FEDOMU) defendió la facultad constitucional de los ayuntamientos para imponer el pago de arbitrios, tasas y tributos a las empresas de servicios de telecomunicaciones situadas en su localidad.
Mediante una comunicación, la entidad reacciona contra una carta pública difundida por el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) en la que acusa a los ayuntamientos de imponer impuestos a las telecomunicaciones de manera irregular.
FEDOMU recuerda a INDOTEl que la Constitución, en su artículo 83 instituye el principio de independencia de los ayuntamientos en el ejercicio de sus funciones, mientras que en el artículo 85 le confiere el derecho a establecer arbitrios y tasas.
Recuerda que el legislador determinó que tanto el INDOTEL, desde 1998 con la Ley 153, como los cabildos desde desde 2007 con la Ley 176, tienen esta facultad.
Precisa que el artículo 254 de la Ley 176-07 instituye el principio de suficiencia financiera e identifica las fuentes de donde se nutren los cabildos.
El literal d) de esa ley establece la coparticipación de los cabildos en impuestos nacionales, instrumento normativo que es posterior a la Ley 153-98 que regula las telecomunicaciones.
FEDOMU aclara que el artículo 284 de la Ley 176-07 faculta a los cabildos percibir el tres por ciento de los ingresos brutos procedentes de las facturas telecomunicaciones por uso del espacio y daño al medio ambiente.
Las frases
Desconocimiento
INDOTEL desconoce que a partir del 17 de julio de 2007, la Ley 176 del DN y los Municipios instituye un nuevo régimen municipal en República Dominicana. De toda manera estamos abierto al diálogo.