Definen crédito en sector público

Definen crédito en sector público

El proyecto de Ley de Crédito Público hace precisiones claras sobre lo que constituye o no una operación de crédito del sector público, define y clasifica los aspectos relativos a la deuda y establece características especiales para los valores emitidos por el gobierno, explicó el economistas José Alfredo Guerrero.

Este profesional, quien es consultor nacional de crédito público, resaltó también que “un reglamento de aplicación universal para presupuestar, gestionar, negociar y registrar las operaciones de crédito público, puede ayudar a los países a evitar parte de los problemas relacionados con el endeudamiento”.

«Tradicionalmente en nuestro país, los organismos estatales no acostumbran a presupuestar adecuadamente el monto del financiamiento interno o externo que necesitan para proyectos nuevos o en proceso», dijo.

Expresó que sin el control de qué se proyectó financiar y sin un tope de crédito global e institucional, se cae en una gestión dispersa y desordenada de obligaciones que aumentan el riesgo de comprometer, de manera onerosa, el presupuesto de la nación.

El proyecto de ley de crédito público, en conjunto con las nuevas propuestas para las políticas presupuestarias y de tesorería, se orienta a cambiar ésta y otras prácticas de la administración financiera gubernamental, dijo.

En los aspectos organizacionales, precisó Guerrero, la ley contempla la creación de una comisión interinstitucional para la definición de normas y políticas de endeudamiento y de un departamento en la Secretaría de Finanzas, para centralizar su gestión y administración.

En un documento que entregó a este diario, expresa que el Consejo Nacional de Deuda, integrado por el Banco Central, el Secretariado Técnico de la Presidencia y la Secretaría de Finanzas, tendrá la responsabilidad de diseñar la política y estrategia de financiamiento y proponer, para cada ejercicio fiscal, el límite máximo tanto del endeudamiento directo, vía préstamos o emisión de valores, como del que se puede derivar por la concesión de avales, fianzas o garantías.

Según explica, el Consejo reunirá las tres instituciones con más incidencia en el proceso de gestión de deuda y las mejores competencias técnicas para determinar el nivel de financiamiento público, compatible con las proyecciones anuales del programa monetario y financiero.

Señala que además de esta meta cuantitativa, del Consejo se esperan directrices sobre aspectos tales como, las mejores opciones para acceder al financiamiento, por ejemplo si se favorece la emisión de bonos, en el mercado interno o externo, sobre los créditos directos o si se imponen limitaciones a los préstamos externos vía suplidores y las oportunidades para renegociar la deuda pública interna o externa.

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