Delincuencia, criminología y penología

Delincuencia, criminología y penología

JUAN D. COTES MORALES
Monseñor Agripino Núñez Collado, cabeza del diálogo nacional, propone revisar y reformar el Código Procesal Penal para evitar que los delincuentes sean puestos en libertad cuando son llevados a los tribunales.

La propuesta del ilustre prelado se inspira en la preocupación de que la aplicación de la legislación procesal podría ser la causa eficiente de la violencia social, toda vez que, quienes delinquen obtienen su libertad con mucha facilidad, aún cuando se trate de crímenes y delitos flagrantes o simplemente hechos de delincuencia ancilar.

El cardenal López Rodríguez, el abogado Bernardo Santana Páez, jefe de la Policía Nacional; Finjus, Participación Ciudadana, el Comisionado de Justicia, el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco; el presidente del Partido Reformista Social Cristiano, Federico Antún, políticos, abogados y muchas otras personalidades, se han expresado favorablemente acerca de la sentida inquietud de monseñor Núñez Collado.

Desde hace unos cuantos días, Pacheco, el presidente de los diputados viene anunciando que el Código Penal se aprobará muy pronto, mientras la ponderada y muy juiciosa abogada Licelotte Marte de Barrios, diputada y presidenta de la Comisión de Justicia anuncia “que se está terminando la normativa del Código Penal para conciliar el proceso penal que estamos revisando con el procedimiento penal”. Agrega la legisladora lo siguiente: “porque hubo un error, se sacó primero el Código Procesal antes de sacar el Código Penal y estamos en esa situación”.

Se ha dicho siempre que la ciencia “puede iluminar el mundo, pero deja en sombras los corazones; y es tarea de corazón mismo crear su propia luz”; pues, a partir de la idea de que el delito es un hecho detestado y detestable, el sentido común extrae la equivocada conclusión de que su total desaparición es un hecho positivo.

En la Revista Criminalia, México, D.F., año XVI, No.12, diciembre, 1950, el profesor Mariano Ruiz Funes, al comentar la criminología del maestro Bernaldo de Quiroz, en un trabajo reproducido por la Revista Jurídica Dominicana, año XII, No. 36, enero-marzo 1951, sostiene lo siguiente: “dos sentimientos despierta el crimen, uno de profunda indignación y otro de curiosidad por conocer profundamente sus causas. De ellos nacen el derecho penal u organización jurídica de la pena, y la criminología o estudio del delito considerado como fenómeno biológico y social, como algo vivo, caliente, palpitante, sangrante a la manera de la historia natural en toda su amplitud numerosa”.

Refiere Ruiz Funes que “del contenido de la criminología hay que excluir la pena, porque su estudio como fenómeno social corresponde a la Penología y su organización jurídica al Derecho Penal, o si se quiere, también al derecho penitenciario, desdoblando la función punitiva en represiva, hasta la sentencia, y ejecución ejecutiva; la pena en todo su desarrollo y consecuencia. La política criminal es una prolongación del mismo derecho penal y el derecho procesal penal, su aspecto formal o adjetivo”.

Siempre se ha dicho que existen tres grandes continentes de la geografía criminal para los delitos comunes, los políticos y los sociales, o sea, para los que afectan a la vida, a la integridad corporal, el honor y la propiedad, los que resultan de las luchas de clases y luchas sindicales y la de los delitos políticos ascendentes cometidos por individuos o grupos sociales contra el poder público y los descendentes o perpetrados por el Estado contra los individuos y contra los grupos sociales (excesos y abusos de poder), siempre dejando un número cada vez más alto de interfectos, es decir, de víctimas caídas mediante intercambio de disparos con las fuerzas del orden o con las fuerzas regulares.

Cabe en este momento definir la Penologia: “Ciencia que estudia las finalidades que debe cumplir la pena y los medios de su aplicación”. El periódico “Ya’ de Madrid, España, de fecha 24/9/85, pág. 15, dice lo siguiente: “La determinación de la punición es sumamente compleja, y el que los escabinadistas pretendan que los ciudadanos conozcan la penología, cuando ni fiscales, letrados, ni tribunales se ponen de acuerdo, es una falacia que pretende ocultar todo lo contrario: que el juez siga dominando tanto el tema de la culpabilidad como la aplicación de la pena”.

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