Delito fiscal como precedente lavado activos

Delito fiscal como precedente lavado activos

El jurista Ricardo Rojas León, miembro de la Junta Monetaria, dilucidó que la concurrencia del delito fiscal con el lavado de activos, como fue consignado en la Ley 155-17, pretende evitar que los recursos económicos que genera el delito fiscal sean blanqueados para ocultar su origen lícito.
“Al considerar que una conducta penal constituye un delito precedente, determinante, fuente o previo del lavado de dinero, lo que quiere decir la ley es que los recursos económicos que genera esa actividad son susceptibles de ser blanqueados”, dijo.

Rojas León afirmó que la inclusión del delito fiscal como precedente del lavado de activos no debe interpretarse como el interés del legislador o del Estado de crear dificultades a la iniciativa privada, como infieren algunos sectores.

“Todo lo contrario –afirmó el abogado — el mensaje es que el Estado va a dificultar que el dinero que por derecho le pertenece, porque así lo establece la ley tributaria, no alimente los patrimonios individuales y se utilice para financiar, en forma ilegal, actividades económicas, en desmedro de otros contribuyentes”.

Rojas León hizo estas precisiones durante la conferencia “Delito fiscal y lavado de activos”, que dictó ante decenas de empresarios, economistas, directores financieros y gerentes bancarios.

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