POR TANIA HIDALGO
La Junta Central Electoral (JCE) fue intimada ayer por la Oficina de Defensa Pública de la Suprema Corte de Justicia, a fin de que disponga la creación de un colegio electoral en el penal de La Victoria, para que los reclusos que se encuentran allí puedan ejercer el derecho al sufragio en las elecciones legislativas y municipales que se aproximan.
El defensor Addy Tapia de la Cruz, envío la comunicación, a nombre y en representación, de los reclusos Jairo Rosario Alcántara, Julio César Ramos García, Juan Manuel Berroa Romero, Eduard Alexander Cleto Adón, Luciano Abad Rosario, Rafael Soler Beltré y Francisco Soler Beltré.
Los presos solicitaron al defensor público que los organismos correspondientes les permitan realizar su derecho constitucional al sufragio en las elecciones de medio término. Asimismo, pidieron que se ordene la cedulación de los reclusos en la cárcel de La Victoria para ser viable el pedimento de la creación de la mesa electoral.
En la instancia, el defensor íntima a los jueces de la JCE para que en un plazo de 15 días se actúe conforme a lo establecido en la Constitución y las leyes.
Advirtió que de no cumplir con las obligaciones establecidas, los prevenidos procederán en virtud de lo que establecen los artículos 170 y 174 de la Ley Electoral, apoderando a la jurisdicción penal correspondiente.
En la instancia, Tapia de la Cruz afirma que la Defensoría solicitó una certificación a la cárcel de La Victoria sobre si se realizan los sufragios correspondientes al derecho del ciudadano dentro del recinto, así como si se encuentra instalado un colegio electoral o una mesa para estos fines, que permitan justificar la manifestación constitucional de este derecho.
Aduce que la respuesta fue negativa, lo que es violatorio al artículo 88 de la Constitución de la República, el cual establece el derecho al sufragio de manera general.
Sostiene que el hecho de que el organismo comicial y las juntas electorales le limiten o priven el ejercicio del sufragio a los reclusos constituye una infracción electoral, prescrita en el artículo 174 numeral 1.
Dijo que esto es castigado con prisión correccional de tres meses a un año y multa de 2,000 a 5,000 pesos.