¿Democracia para qué?

¿Democracia para qué?

Recientemente participé en un panel televisivo en el que afirmé que una de las causas de la pobreza en República Dominicana es la ausencia de un Estado de Derecho y de su garantía por parte de los tribunales. Un buen amigo me escribió para preguntarme si me había inscrito en una corriente de “populismo legal”.  Su inquietud es pertinente porque, en principio, no es a los tribunales a quienes corresponde participar de la lucha contra la pobreza.  Tradicionalmente, se han dedicado a asegurarse de que el Derecho se cumpla tal y como es, dejando las decisiones de políticas públicas en mano de los actores políticos.

Sin embargo, el paso del tiempo y el creciente empoderamiento de los ciudadanos en sociedades democráticas han dejado de manifiesto que la defensa del Derecho no puede dejar fuera la defensa de los derechos.  Una constante en el desarrollo político de las sociedades occidentales es que al reconocimiento de los derechos políticos ha seguido de cerca el reconocimiento de derechos sociales.  No puede ser de otra manera si tomamos en cuenta que la libertad de expresión y el derecho al voto no son utilizados por los ciudadanos exclusivamente para manifestar su apoyo por siglas, colores y símbolos.   En la mayor parte de las ocasiones terminan usando esos derechos para manifestar su inconformidad con las injusticias sociales de las que son víctimas o que perciben en su entorno.

Un Estado verdaderamente democrático tiene que responder a estas inquietudes.  Si reconoce los derechos sociales en la misma Constitución en que reconoce los derechos políticos, entonces los primeros son –por obligación- igualmente exigibles que los segundos.  De la misma manera en que las cláusulas de derechos políticos no son simples declaraciones de interés sin fuerza normativa, tampoco lo son las cláusulas de derechos sociales.  Se puede discutir son los límites de los tribunales como garantes de los derechos sociales, pero no si esos derechos pueden ser garantizados por ellos.

Este dilema, como tantos otros, parece ser altamente técnico. Pero en realidad es la consecuencia de un cuestionamiento muy claro que debe hacerse siempre al régimen democrático. ¿Para qué democracia?  ¿Basta con que se nos llame iguales y se cuenten los votos de igual manera?  ¿O requiere la democracia de una defensa de un concepto más amplio de igualdad e incluso de dignidad?  ¿Es democrático un Estado que permite que sus ciudadanos vivan en la miseria?  ¿No es este el asunto más básico en la lucha por la justicia?

La Constitución dominicana es muy clara al resolver esta dificultad.  Invito a los lectores a que lean sus artículos 7 y 8, en los que se proclama el Estado Social y Democrático de Derecho y donde se relaciona sólidamente la democracia y la capacidad de vivir en condiciones de dignidad mínima.  La igualdad y el Derecho aprovechan a todos, en todos los ámbitos.  La democracia no puede ignorar las injusticias groseras que generan la pobreza en la que viven la mayoría de los dominicanos.  

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