Depositan acción de amparo contra resolución 21-07

Depositan acción de amparo contra resolución 21-07

POR AMARILIS CASTRO
La Asociación de Empresas Industriales de Herrera (AEIH) informó ayer que depositó ante el Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo de República Dominicana una acción de amparo contra la Resolución 21-07 que crea un arbitrio de un centavo por cada peso de venta para empresas ubicadas en Santo Domingo Oeste.

Durante una rueda de prensa, la AEIH deploró, además, que la Sala Capitular del Ayuntamiento de Santo Domingo Oeste no anulara la Resolución  y que en cambio decidiera enviar el gravamen a comisión de estudio.

Argumentó que debido al vencimiento del plazo legal para accionar en amparo, a sus empresas afiliadas no les queda otra opción que elevar este recurso tendente a la suspensión de la medida municipal, ya que de no hacerlo se estaría tomando el riesgo de que la Resolución no pueda ya ser susceptible de este amparo y continúe su vigencia en el caso de que la Sala Capitular decidiese  no considerar la solicitud presentada por el síndico Francisco Peña.

La AEIH consideró que la Resolución 21-07 es  ilegal y violatoria de la Constitución, ya que se trata del establecimiento de un impuesto que es materia del Congreso.

Jesús Moreno Portalatín, presidente de la AEIH,  y el equipo de abogados encabezado por la doctora Fabiola Medina Garnes, manifestaron que visto desde el plano constitucional, el recurso de amparo tiene por objeto preservar los derechos fundamentales de las empresas exponentes ante la ilegalidad de un Acto de la Administración dictado por un ente de derecho público. “Es importante resaltar que, a pesar de que han mediado gestiones para ello, e incluso se han realizado declaraciones públicas en ese sentido, a la fecha de hoy la Sala Capitular del Ayuntamiento de Santo Domingo Oeste no ha suspendido, aplazado y mucho menos derogado la Resolución contra la cual se solicita el amparo”, manifestó el presidente de la AEIH.

Moreno reconoció el derecho que tienen los cabildos a establecer arbitrios, siempre que cumplan con las formalidades legales y se trate de tributos locales con el carácter de contraprestación por servicios municipales, que dijo no es el caso de la Resolución 21-07, del 15 de marzo pasado, “que establece ilegalmente una carga impositiva a las ventas que colide con los impuestos nacionales”.

Afirmó que este Acto viola las formalidades que establece la propia Ley que faculta a los municipios a crear arbitrios.

“En la Resolución aprobada por el Ayuntamiento de Santo Domingo Oeste que crea este nuevo arbitrio no se ha tomado en cuenta la finalidad para la cual deben crearse los arbitrios. Lejos de recaer sobre la prestación de un servicio o el uso de bienes municipales, este arbitrio recae sobre la venta general de ciertos productos, sin importar que la misma se realice dentro o fuera del municipio”, puntualizó.

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