Depositan querella por plagio en contra de “El Mayor Clásico”

Depositan querella por plagio en contra de “El Mayor Clásico”

El Mayor Clásico (Fuente externa).

Fue depositada el día de hoy una querella por plagio en contra del artista urbano Emmanuel Reyes mejor conocido como “El Mayor Clásico”.

La querella depositada por ante la Fiscalía del Distrito Nacional por el abogado Bunel Ramírez Meran en representación del querellante, el cantante y compositor, Real Cepeda.

El plagio habría sido sobre el tema “El Papi Lindo”.

“El Mayor Clásico” es acusado de violar la Ley 65-00 sobre Derecho de Autor, en su artículo 169, en perjuicio del compositor de música urbana Real Cepeda.

Puedes leer: El Mayor Clásico tras cirugía: “Pocos urbanos admiten sus retoques”

“Incurre en prisión correccional de tres meses a tres años y multa de cincuenta a mil salarios mínimos, quien: En relación con una obra literaria, artística o científica, interpretación o ejecución artística, producción fonográfica o emisión de radiodifusión, la inscriba en el registro o la difunda por cualquier medio como propia, en todo o en parte, textualmente o tratando de disimularla mediante alteraciones o supresiones, atribuyéndose o atribuyendo a otro la autoría o la titularidad ajena”, cita el artículo 169 de la Ley 65-00 sobre Derecho de Autor.

Emmanuel Reyes, alias El Mayor Clásico, copió una obra ajena en lo sustancial, presentado como un simple estribillo en el que existe una total identidad entre las obras artísticas, pues existe, al realizarse la interpretación, una total similitud entre ambas canciones, a pesar de quererla disfrazar con ardides en el texto”, manifestó Bunel Ramírez Merán.

El autor de “Papi Lindo” dice estar dispuesto a llegar hasta las últimas consecuencias legales contra «El Mayor Clásico».

Querella contra «El Mayor Clásico» o «El Cuerpo del Deseo».

Normas relativas a la querella de

Constitución de la república

Artículo 52.- Derecho a la propiedad intelectual. Se reconoce y protege el derecho de la propiedad exclusiva de las obras científicas, literarias, artísticas, invenciones e innovaciones, denominaciones, marcas, signos distintivos y demás producciones del intelecto humano por el tiempo, en la forma y con las limitaciones que establezca la ley.

Ley no. 65-00 sobre derecho de autor

Articulo 2.- El derecho de autor comprende la protecci6n de las obras literarias y artísticas, así como la forma literaria o artística de las obras científicas, incluyendo todas las creaciones del espíritu en los campos indicados, cualquiera que sea el modo o forma de expresión, divulgaci6n, reproducción o comunicación, o el género, merito o destino, incluyendo, pero no limitadas a:

Podrías leer: Vea aquí las candentes fotos del “Cuerpo del Deseo” de «El Mayor Clásico»

Artículo 169.- Incurre en prisión correccional de tres meses a tres años y multa de cincuenta a mil salarios mínimos, quien:

  • En relación con una obra literaria, artística o científica, interpretación o ejecución artística, producción fonográfica o emisión de radiodifusión; la inscriba en el registro o la difunda por cualquier medio como propia, en todo o en parte; textualmente o tratando de disimularla mediante alteraciones o supresiones, atribuyéndose o atribuyendo a otro la autoría o la titularidad ajena;
  • En relación con una obra literaria, artística o científica, interpretación o ejecución artística, producción fonográfica o emisión de radiodifusión y sin autorización expresa;
Joel Suero

Joel Suero

Periodista, escritor, municipalista, liceísta y orgullo de Santo Domingo Oeste.

Publicaciones Relacionadas