Derechos y deberes de los Estados

Derechos y deberes de los Estados

PEDRO BLANDINO
En el año 1986 la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante Resolución 41/128 del 4 de diciembre de 1986 del Plenario de la Asamblea General, aprobó la “Declaración sobre el Desarrollo al Desarrollo”.

Esta declaración fue producto de intensos debates, ya que se consideraba que para la realización plena de los derechos económicos, culturales, civiles y políticos que en su conjunto forman los derechos humanos, y condición sine qua non para el cumplimiento de “Los Derechos y Deberes de los Estados”, aprobados por el pleno de la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante Resolución 3281 del 12 de diciembre de 1974. Los Estados en vía de desarrollo realizaron grandes esfuerzos buscando un mecanismo para darle fuerza jurídica a esta carta, dada la fuerte oposición de las grandes naciones del Grupo de los Siete industrializados y fuera una simple declaración de principios, en otras palabras convertirla en una convención internacional y así tendría carácter obligatorio e impuesta a los Estados signatarios.

La carta de estos derechos y obligaciones económicas de los Estados contiene los principios fundamentales que deben regir y apoyar el nuevo orden internacional y el plan de acción de 1974.

Estos principios son:

a) Soberanía, integridad territorial e independencia política de los Estados

b) Igualdad soberana de los Estados

c) No agresión

d) No intervención

e) Beneficio mutuo y equitativo

f) Coexistencia pacífica

g) Igualdad de derechos y libre determinación de los pueblos

h) Arreglo pacífico de controversias

i) Reparación de las injusticias existentes por imperio de la fuerza que priven a una nación de los medios nacionales necesarios para su desarrollo.

j) Cumplimiento de buena fe de las obligaciones internacionales

k) Respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales

l) Abstención de todo intento de buscar hegemonía y esferas de influencia

m) Fomento de la justicia social internacional

n) Cooperación internacional para el desarrollo

o) Libre acceso al mar y desde el mar para los países sin litoral dentro del marco de los principios enunciados

Es necesario constituir un instrumento justo, eficaz, equitativo y soberano en las relaciones económicas entre los países desarrollados y en vías de desarrollo, para mantener el equilibrio en la comunidad internacional. Este instrumento debe proteger los derechos de todos los países y establecer normas obligatorias que protejan este nuevo orden internacional.

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