A partir de hoy entra el vigor la resolución que impide a vehículos de transporte de carga exceder la velocidad de 70 kilómetros por hora en las carreteras troncales y circular por la izquierda.
La resolución 0001-2019, emitida por el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) establece las medidas básicas para circulación del transporte de cargas, controles de horarios y permisos de circulación de los trenes de carretera (cabezotes con doble tráiler o doble remolque).
También explica que los vehículos no podrán exceder los 55 kilómetros por hora en las secundarias y terciarias, aunque la velocidad indicada en las vías públicas sea mayor.
Los agentes del tránsito supervisarán que los vehículos pesados siempre transiten por el carril de la derecha, excepto al pasar a otro vehículo que se desplace en la misma dirección o cuando se disponga a doblar a la izquierda, en una intersección o para entrar en un camino privado.