DGA y las multas, precisiones sobre la sanción del 20%

DGA y las multas, precisiones sobre la sanción del 20%

Entre las multas aplicadas por las aduanas dominicanas, en el combate en contra de los ilícitos, se encuentra la sanción adicional del 20% sobre el valor de los tributos aduanales que se hayan pretendido evadir. Nace con la Ley 14-93, de fecha 26 de agosto del año 1993, que aprueba el Arancel de Aduanas.

El legislador dejó establecido lo siguiente, cito: “Además de las Penalidades y sanciones consignadas en la Ley 3489, para el Régimen de las Aduanas, vigente, se aplicará la establecida en el Acápite i) del Artículo 196, de la citada Ley, equivalente al doble de los impuestos a favor del Estado y de una sanción del 20% adicional sobre la totalidad de los derechos e impuestos que se hayan pretendido evadir, como consecuencia de mercaderías no declaradas, o encontradas en exceso (siempre que exceda de un margen del 10% de lo declarado), de igual o diferentes naturalezas de las declaradas e incorrectas clasificaciones arancelarias que desvirtúen las tasas, valores e impuestos”.

La Ley 14-93 también dispone, cito: “a) El producido por la aplicación de esta sanción (20%) será depositado en una Cuenta Especial, que a tal efecto autorizará el Poder Ejecutivo, y distribuido entre los empleados de Aduanas u otros organismos del Estado o cualquier particular actuando en cada caso, de acuerdo al Reglamento que a tal efecto será elaborado por la Dirección General de Aduanas”.

Preciso que, de todas las multas aplicadas por las aduanas, solo la del 20% va al fondo de incentivos que indica la ley y se distribuye sobre las bases reglamentarias establecidas.

Esa importante medida, que fue definida e impulsada en la administración encabezada por Teófilo -Quico- Tabar, significó un positivo paso de avance en la lucha en contra de la corrupción que imperaba en las aduanas dominicanas en aquellas épocas. La entidad podría finalmente ofrecer a sus empleados un mecanismo eficaz mediante el cual podían recibir un incentivo en función de su desempeño en enfrentar las anomalías y asumir todos los riesgos que derivan de la Cadena Logística de Suministro. Se creó el estímulo necesario para reducir posibilidades reales al contubernio. El instrumento es visionario porque, 22 años después, resulta que ha sido adoptada por la Organización Mundial del Comercio, en el marco del Acuerdo de Facilitación aprobado en Bali, Indonesia, en diciembre del año pasado. Todos los países miembros de la OMC podrán establecer medidas similares en sus legislaciones, en reconocimiento de que es necesario fortalecer el combate en contra de los ilícitos, con las mismas herramientas.

Todo el que conozca un poco de lo que significa un despacho aduanal sabe que por manos de un oficial de aduanas pueden pasar diariamente expedientes que implican decenas de millones de pesos en impuestos que debe determinar con exactitud, y propiciar el recaudo eficiente.

La realidad salarial de la empleomanía en sentido general de este país, sumado a la inestabilidad en los puestos públicos y a una subcultura de la evasión, facilita que se puedan generar cadenas de corrupción que retan el accionar institucional permanentemente.

En vez de negociar los ilícitos, en vez de aceptar sobornos y sumarse al contubernio, con la Ley 14-93 se creó la posibilidad de que los empleados que se enfrentan a tales posibilidades valoren mejor los puestos y no se arriesguen a perderlos. En todo caso, se conoce que la aduana de hoy dispone de mejores instrumentos de lucha en contra de los fraudes.

El mensaje que quisiera dejar sentado en esta primera parte, es el de que quien no quiera pagar multas y sanciones, en las aduanas o en cualquier otra entidad, la tiene muy fácil: no debe violar la ley. La lucha es y debe ser contra quienes asumen como único modo de ganancia: la evasión. El apoyo ha de ser dado a quienes asumen los riesgos de enfrentarla.

Beneficia a todos que se castigue ejemplarmente a los evasores, especialmente a quienes no evaden y operan con transparencia. La competitividad de los sectores productivos también depende de un clima de sana competencia en el mercado.

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