Dice no se ejecuta renegociación deuda

Dice no se ejecuta renegociación deuda

La renegociación de la deuda vencida de los productores agropecuarios no se ha podido poner en ejecución debido a que en algunas instituciones públicas se están poniendo obstáculos a la aplicación de la Ley de Bonos Nacionales que autoriza al Poder Ejecutivo a emitir RD$5,140 millones.

La queja fue expuesta por el administrador del Banco Agrícola, ingeniero Radhamés Rodríguez Valerio, al participar en el Encuentro Económico de HOY, donde dijo que esa ley es respaldada por el Presidente Hipólito Mejía.

Indicó que la instancia del gobierno que tiene la responsabilidad de aplicar la Ley de Bonos Nacionales (número 172-03) quiere que se emita un reglamento, pero aseguró que la legislación es clara y no lo establece.

Expresó que de esa manera se le ha estado dando largas a esa ley que beneficia a miles de productores agropecuarios, quienes en la actualidad no son sujetos de créditos en ninguna institución bancaria, por las deudas vencidas que tienen pendientes y que al renegociarlas volverían a recibir préstamos para reactivar sus fincas.

Recordó que la Ley de Bonos Nacionales fue promulgada por el Poder Ejecutivo el 23 de octubre del año pasado, lo que significa que a mas de siete meses, no ha sido aplicada.

Señaló que cuando se hizo el estudio, la deuda general de los productores agropecuarios con las instituciones descentralizadas del Estado, era de RD$5,600 millones, mientras que la vencida rondaba los RD$2,400 millones.

Dijo que son miles de productores agroindustriales, agrícolas y pecuarios, los que se van a beneficiar de esta ley que autoriza a los bancos, Agrícola, de Reservas, Nacional de la Vivienda y de Desarrollo Agropecuario.

El funcionario aclaró que cuando se promulgó el Código Monetario y Financiero, todos los programas de Definpro pasaron al Banco Nacional de la Vivienda (BNV) como banca de segundo piso Ay entonces ya es esa institución que trabaja a través de las intermediarias financieras del país, que son los bancos comerciales y el Banco Agrícola, los préstamos que tienen que ver con los fondos de Definpro@.

La ley 172-03 precisa en su artículo 1 que, Ase autoriza al Poder Ejecutivo imprimir, emitir negociar bonos por un valor de RD$5,140 millones destinados a refinanciar la deuda interna del sector descentralizado del Estado con el Banco de Reservas@, incluyendo la deuda de la Corporación Dominicana de Electricidad con el sector privado, la cual fue asumida parcialmente por Banreservas.

Además, refinancia la deuda del gobierno central y otras instituciones del sector descentralizado del Estado con el Banco Agrícola y cualquier otro pasivo del Estado y otras instituciones estatales con el sector privado.

Explicó que la emisión de los bonos tiene un vencimiento del principal a seis años. Estos bonos devengarán una tasa de interés del 9 por ciento anual, a partir de su entrega y hasta la fecha de su vencimiento, mas la tasa porcentual de devaluación registrada en los 6 meses previos a la fecha de pago de los intereses.

Agrega que esos intereses serán pagaderos cada 6 meses, sobre la base de un año de 365 días y con la característica de cupón fraccionario para el pago de los intereses devengado hasta alcanzar el plazo de su vencimiento.

Para la aplicación de esa ley, el Poder Ejecutivo emitió el decreto 1060-03, el 12 de noviembre del año pasado.

Esa disposición explica que el BNV, a través de su Departamento de Financiamiento de Proyectos (Definpro) Aqueda autorizado a reestructurar, renegociar y refinanciar los préstamos vencidos al 31 de diciembre del 2002, de los productores agrícolas, pecuarios y agroindustriales en todas las instituciones del sistema financiero nacional que intermedian los fondos de ese departamento@.

Los bancos señalados exonerarán del pago de los intereses, comisiones y otras cargas financieras a los productores agrícolas, pecuarios y agroindustriales que renegocien sus préstamos vencidos hasta el 31 de diciembre del 31 de diciembre del 2002, estableciendo nuevos plazos para el pago del capital en función de las características de la actividad productiva de que se trate.

Indica que las instituciones financieras del sector público absorberán los intereses, comisiones y otros cargos financieros resultantes de la reestructuración y renegociación de los préstamos vencidos, y procederán de conformidad con las disposiciones de la Ley 183-02, sus reglamentos internos, normas y políticas de créditos a establecer las extensiones de plazos, reducciones de tasas de interés y formas de pago del capital objeto de renegociación.

El decreto dice, además, que instituciones privadas del sector financiero que hayan otorgado financiamiento para la producción agropecuaria y/o agroindustrial, con recursos del Definpro, exonerarán los mismos de los cargos financieros correspondientes al BNV, pidiendo renegociar o refinanciar los cargos que reciben por su labor de intermediación.

También dice que las instituciones del sector público canalizarán préstamos adicionales a los productores agrícolas, pecuarios y agroindustriales beneficiados con la renegociación de sus préstamos vencidos que sean elegibles y basados en proyectos rentables con capacidad para desarrollar y garantizar nuevos empréstitos.

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