Dice TC no puede suspender sentencia repone a Geanilda en PRD

Dice TC no puede suspender sentencia repone a Geanilda en PRD

El abogado Julio Cury aseguró hoy que el Tribunal Constitucional (TC) no tiene competencia para suspender la ejecución de la sentencia de amparo que establece reponer en sus funciones a la dirigente perredeísta Geanilda Vásquez.

“La intervención del TC para suspender sentencias está limitada a las decisiones de carácter jurisdiccional que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, no así respecto a las dictadas en el marco de acciones constitucionales”, argumentó el reconocido jurista.

Aseguró que el pasado ocho de octubre depositó en la secretaría de la Novena Sala Penal del Distrito Nacional, el escrito de defensa de la demanda en suspensión de ejecución de la sentencia que ordenó reponer a la dirigente política como Secretaria Nacional de Organización del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), por lo que dijo sentirse “muy extrañado” de lo consignado por el Constitucional en su sentencia 231/13 en cuanto a que supuestamente Vásquez no depositó escrito de defensa.

Expresó que el carácter de “plena ejecutoriedad” de las sentencias de amparo tiene como fundamento el principio de efectividad previsto en el artículo 7.4 de la Ley 137, y señaló que el mismo TC, en su sentencia 13/2013, juzgó que no estaba facultado para suspender provisionalmente la ejecución de decisiones de amparo.

 

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