Dictan pena máxima contra acusado de asesinar joven por riña en juegos de póker

Dictan pena máxima contra acusado de asesinar joven por riña en juegos de póker

Los jueces del Segundo Tribunal Colegiado acogieron la solicitud de la Fiscalía y condenaron a 30 años de cárcel al acusado Michael Federico Montero Jiménez (a) Pereto, quien fue hallado culpable de quitarle la vida con un arma de fuego al joven Johnny Marcelino Rodríguez Mejía (a) Ruddy.

El suceso ocurrió alrededor de las 9:00 de la noche del 14 de abril 2017, en el sector Los Girasoles II, en momentos en que el hoy occiso compartía con su pareja y dos amigos, frente a la casa de uno de estos, conforme se indica en la acusación presentada por el Ministerio Público.

La procuradoras fiscales litigantes María Silvestre y Rosa Alba García explicaron que uno de los amigos de la víctima notó que al lugar se aproximaban el acusado alias Pereto, Jorge Luis Mora Familia, contra quien ya se presentó formal acusación por este caso, y el prófugo Caquito, por lo que los acompañantes de Rodríguez Mejía le manifestaron que se moviera del lugar, ya que era de su conocimiento que semanas atrás el fallecido  tuvo una riña con Caquito a causa de juegos de póker.

“Cuando los tres atacantes se acercaron, el acusado alias Pereto, sin mediar palabras, le propinó el disparo que le causó la muerte, y rápidamente emprendió la huida. De inmediato, Rodríguez Mejía estando herido salió corriendo al igual que sus amigos” detallaron las fiscales litigantes.

El procurador fiscal investigador Miguel Cruey manifestó que al poco rato de ocurrir el hecho los acompañantes del joven regresaron a la zona, procedieron a buscarlo pero no lo encontraron. Al día siguiente, Rodríguez Mejía apareció muerto detrás de una casa, localizada en la calle K del referido sector.

Los jueces Teófilo Andújar, quien presidía el tribunal, Claribel Nivar y Deiby Peguero ordenaron que Michael Federico Montero Jiménez (a) Pereto cumpla la sentencia en la Penitenciaría Nacional La Victoria.

La Fiscalía otorgó al presente caso la calificación jurídica de asociación de malhechores y asesinato, delitos previstos y sancionados en los artículos 265, 266, 295, 296, 297 y 302 del Código Penal Dominicano.

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