A pesar de las quejas y oposición de diversos sectores, incluido reputados juristas, la Cámara de Diputados se apresta a conocer mañana las observaciones que hizo el poder ejecutivo a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional con mayoría simple, tal como sucedió con la del Consejo Nacional de la Magistratura.
La semana pasada, el vocero de la bancada de diputados del Partido de la Revolucionario Dominicano (PRD), Nelson Arroyo, advirtió que se retirarían del hemiciclo si legisladores oficialistas vuelven a violar la Constitución al acoger estas enmiendas con mayoría simple.
Arroyo reiteró que el PRD se mantendrá vigilante para que se cumpla con lo establecido en el artículo 112 de la Constitución, tras recordar que señala que para aprobar o modificar una ley orgánica se requiere el voto favorable de las dos terceras partes de los legisladores presentes en el hemiciclo.
Sin embargo, estos argumentos son refutados por el presidente de la cámara baja, Abel Martínez, quien enfatizó que esta última matrícula es necesaria para rechazar las observaciones, no así para acogerlas.
Entre las observaciones que hizo el Poder Ejecutivo a la referida ley orgánica figura la eliminación del tope de edad para los jueces que habrán de integrar el TC, la cual había sido fijada en 75 años.
El legislador oficialista por Santiago dijo esperar que sus colegas del PRD reflexionen y voten de manera favorable, porque establecer la edad de 75 años es una limitante que va en contra del espíritu constitucional y del derecho de igualdad que tenemos los dominicanos. Las observaciones fueron acogidas ya por el Senado.
Colegio Abogados. El presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), Diego José García, solicitó a la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declarar inadmisible el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por PRD en contra la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura por carecer de base legal.
La clave
Inconstitucional
El presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana, Diego José García informó que el recurso incoado por el Partido Revolucionario Dominicano es inconstitucional debido a que no cuenta con el respaldo del 33 por ciento de los integrantes de una de las cámaras legislativas, tal y como lo indica el artículo 185.1 de la Constitución de la República.