Disiento sobre la sentencia de la Suprema

Disiento sobre la sentencia de la Suprema

Entre muchos periodistas, la mayoría de buena fe, ha habido regocijo por la sentencia de la Suprema Corte de Justicia, que declara inconstitucional partes de la Ley No. 6132 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento en cuanto a la responsabilidad de directores de medios de prensa al publicar declaraciones difamatorias expresadas por cualquier persona.

 La verdad es que a ningún director ni periodista debería considerársele como acusado principal cuando reproduce opiniones de otro. Pero tampoco es prudente ni sensato darle a cualquier periodista, sea director o no, la facultad de excusarse bajo el espurio alegato de que “eso lo dijo otro” para publicar cualquier barrabasada.

En el caso que motivó la sentencia en cuestión, por ejemplo, de un director demandado por don Hipólito Mejía por publicar declaraciones de un senador acusándolo de vínculos con un narcotraficante mexicano, es claro que ese periodista no fue el causante original de la difamación. Pero, ¿acaso no se incurre en una flagrante violación a ley y a los mejores principios del periodismo al publicar imputaciones sin fundamento de tan grave alcance, sobre todo contra un ex presidente que era candidato presidencial?

La propia Suprema Corte, en su celebrada sentencia,  afirma que “en el derecho punitivo ordinario, la difamación ha sido correctamente prevista y sancionada por los artículos 367 al 378 del Código Penal”.?

Al parecer, pues, ni el senador deslenguado que difamó a don Hipólito ni el periodista deberían celebrar mucho, puesto que la declaratoria de inconstitucionalidad no les ha exonerado del ilícito puesto a su cargo por el ex presidente Mejía, sino que indica que el periodista no debe figurar como principal inculpado puesto que el hecho cuestionado o causante del daño –la publicación- es consecuencia del hecho principal, la declaración del senador, quien por tanto no sería cómplice sino responsable de su acto supuestamente difamatorio.

Si bien nadie debe ser penalmente responsable por el hecho de otro, como sabiamente establece nuestra Constitución, tampoco puede existir patente de corso o impunidad cuando se viola el derecho al honor, la intimidad, la dignidad y la moral de las personas. Aquel que afirma que cualquiera, sea ex presidente o no, está vinculado al narcotráfico, debe poder probarlo. Y quien publica como cierto semejante atropello sin pruebas es indudablemente cómplice y también debe responder ante la justicia.

¡Es monstruosa la noción del periodismo sin responsabilidad!

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