Disponen subsidio al gasoil
para vehículos pasajeros, carga

Disponen subsidio al gasoil<BR>para vehículos pasajeros, carga

POR DIEGO PESQUEIRA
El Presidente Leonel Fernández dispuso anoche  un subsidio temporal de RD$31.79 por galón al gasoil utilizado en vehículos para transporte de pasajeros y de carga de alimentos y de  materiales de construcción.

La medida está contenida en el decreto número 677-07, que establece que el subsidio se aplicará a través de los gremios de carga y pasajeros, con un límite de consumo global de un millón de galones por mes y una vigencia de tres meses a partir de su implementación.

El secretario de Industria y Comercio, Melanio Paredes, explicó que cumplido ese plazo se establecerían otras medidas de carácter permanente.

Conforme al decreto presidencial, las estaciones de combustibles  otorgarán los comprobantes de consumo de cada unidad por mes, y el gobierno devolverá el pago de los impuestos a cada transportista.

El artículo 1 establece un mecanismo de devolución de una suma equivalente a los impuestos pagados (RD$17.55) en virtud de la Ley 112-00, y  (RD$14.24) correspondientes a la Ley de Rectificación Tributaria 557-05 por los afiliados a los gremios de transporte urbano e interurbano de pasajeros que utilizan diesel oil y el transporte de carga que transporta alimentos y materiales de construcción, por el consumo de hasta un millón mensual de galones de gasoil regular.

El artículo 2 establece que el monto de la transferencia mensual compensatoria solo se otorgará a los transportistas afiliados a los gremios de carga y pasajeros legalmente registrados, a través de las empresas distribuidoras que expidan el combustible.

La medida hará posible que el galón de diesel oil regular llegue a los transportistas  entre RD$104 y RD$105, para evitar aumentos en los precios de los pasajes y de los fletes del transporte.

El artículo 3 encarga a las secretarías de Industria y Comercio y de Hacienda, y un representante de cada una de las centrales o confederaciones de transporte de la elaboración del reglamento para la aplicación de las disposiciones previstas en el  decreto, conforme a lo establecido en la normativa que rige el presupuesto del sector público.

 El reglamento deberá elaborarse en los siete días hábiles siguientes a  la fecha de promulgación.

Se menciona entre los gremios la Confederación Nacional de Organización de Transporte (CONATRA), la Federación Nacional de Transporte Dominicano (FENATRADO), Central Nacional Movimiento Choferil del Transporte (MOCHOTRAN), Federación Nacional de Transporte la Nueva Opción (FENATRANO), entre otras.

En uno de los considerando se precisa que la actual tarifa del transporte de pasajeros y carga sería impactada significativamente por el incremento del gasoil regular, lo cual afectaría directamente a los sectores de menores ingresos de la población.

Al explicar el alcance del decreto 677-07, Melanio Paredes, secretario de Industria y Comercio, dijo que las estaciones de combustibles que ofrezcan el servicio a los transportistas tendrán que estar debidamente registradas y pagar sus impuestos al gobierno para que la información sea lo mas fidedigna posible.

Dijo que el alcance del subsidio es hasta un millón de galones de diesel oil, debido a que este es el consumo estimado de las 31 mil unidades del transporte colectivo y unos 3,000 camiones de carga.

Paredes dijo que el consumo de diesel actualmente en el país es de uno 24 millones de galones, incluyendo a las empresas industriales, empresas eléctricas y todo el sector privado.

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