Doctoras acusadas de «mala práctica médica» son enviadas a prisión por tres meses

Doctoras acusadas de «mala práctica médica» son enviadas a prisión por tres meses

La jueza de la Oficina de Atención Permanente, Evelyn Rodríguez, impuso hoy tres meses de prisión preventiva, como medida de coerción, en contra de las doctoras Pamela Stefani y Serena Stefani Congedo, acusadas de asociarse y cometer «mala práctica médica y estafa» en perjuicio de 20 personas, a las cuales le realizaron unos procesos estéticos que supuestamente mejorarían su apariencia.

La magistrada Rodríguez dispuso que las imputadas cumplan la medida en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo-Mujeres, en la provincia San Cristóbal.

Conforme a la instancia, las doctoras se publicitaban a través de los distintos medios de comunicación (escritos, televisivos y digitales) ofertando un catálogo de procesos estéticos cortos, no invasivos, sin procedimientos quirúrgicos, ni traumas y que eran ambulatorios.

Señalaban que estos procesos se realizaban en el “Centro de Medicina Regenerativa y Ortomolecular Dra. Stefani”, así como en el “Centro Stefani Stetic S.A. Medical Group”, localizados ambos en el sector Ensanche Paraíso.

Resalta que el grupo de 20 personas que querelló contra Pamela Stefani y Serena Stefani Congedo, las cuales se presentaban como doctoras en medicina y especialistas en cirugía estética, narraron que los procesos que les realizaron no se correspondían con lo que les habían ofrecido, resultando con lesiones graves.

Un comunicado de prensa reseña que en las investigaciones del Ministerio Público se pudo constatar que el Centro de Medicina Regenerativa y Ortomolecular Dra. Stefani”, no se encuentra debidamente autorizado por el Ministerio de Salud Pública para operar.

Señala que la Fiscalía del Distrito Nacional, a través del Departamento de Crímenes y Delitos Contra la Persona, continúa las indagatorias hasta recabar todas las evidencias de este caso.

El Ministerio Público le otorgó al caso la calificación jurídica de violación a los artículos 258, 265, 266, 320 y 405 del Código Penal Dominicano, y los artículos 56, 67, 94, 98, 154-1, 154-3 y 156 de la Ley General de Salud 42-01.