Dos asociaciones industriales
objetan arbitrio de Cabildo

Dos asociaciones industriales<BR>objetan arbitrio de Cabildo

POR ALEIDA PLASENCIA
Las asociaciones de  Industrias de la República Dominicana (AIRD y de Empresas Industriales de Herrera  (AEIH) se pronunciaron ayer en contra de  la resolución emitida por el Ayuntamiento de Santo Domingo Oeste que establece  un impuesto a las ventas de una gama de productos que se fabrican o distribuyen en esa zona.

Se refieren a  la resolución que instituye un impuesto de un centavo por cada peso con relación a  las empresas  de esa zona  que  fabrican o distribuyen plásticos, cervezas, ron, aceites, lubricantes, hormigón, cementos, cigarrillos, químicos y combustible. La AIRD y la AEIH, en declaraciones por separado, informaron que estudian los pasos a dar para oponerse a dicha medida y hacer prevalecer la racionalidad en la interpretación de las leyes.

Específicamente, la AIRD considera en un comunicado que este impuesto es inconstitucional, ya que afecta la venta total de las empresas ubicadas en la zona, convirtiéndose en un gravamen de carácter general. “La Constitución, en su artículo 37, establece que el modo de recaudación e inversión de los impuestos o contribuciones generales es una facultad del Congreso Nacional”, expresa la AIRD.

Sostiene que la resolución dictada por una Sala Capitular no puede ir contra principios constitucionales y que la misma coloca en manos del Ayuntamiento de Santo Domingo Oeste recursos que, por disposición legal y constitucional, corresponden a entidades recaudadoras nacionales y no a una entidad municipal.

A su vez,  la AEIH, en un comunicado informó que gestiona las consultas de expertos legales a fin de proceder ante los tribunales contra una medida que, desde su punto de vista, contraviene la Constitución de la República.

Asimismo, que está estableciendo contactos con las compañías afectadas por la citada resolución para coordinar un plan de acción en contra de la resolución.

Expresa que recibió con sorpresa la noticia “justamente cuando esta Asociación se encaminaba un suscribir un acuerdo de cooperación con el gobierno municipal, que preside el síndico Francisco Peña”. Recuerda la AEIH que la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró inconstitucional una resolución, la 163/98, del Ayuntamiento del Distrito Nacional, que buscaba establecer un sistema de arbitrios en perjuicio de varios agentes económicos de la nación.

Informó que la SCJ también declaró nula otra resolución, la 130-62, del Ayuntamiento del Distrito Nacional, que disponía el cobro de tributos por el sector viviendas en violación a los artículos 46 y 85 de la Constitución, así como otros artículos de las leyes 18-88 y 3456. Considera que lo más sensato es que, dado los precedentes de la Suprema Corte de Justicia, el Ayuntamiento de Santo Domingo Oeste anule la citada resolución y abogó porque se mantenga la vocación de diálogo ente el cabildo y las empresas del municipio a fin de contribuir con el desarrollo de ese espacio urbano.

De su lado,  la AIRD dice que la irracionalidad de la medida se evidencia más si se toma en cuenta el artículo 85 de la Constitución en el que se establece que, aunque los ayuntamientos pueden establecer arbitrios, éstos no pueden afectar el comercio intermunicipal o la producción para la exportación.

“Es una pena que una entidad como un ayuntamiento desconozca preceptos constitucionales y, además, atente contra el bienestar de sus munícipes, puesto que las empresas afectadas constituyen, en su mayoría, fuentes de empleo para la gente del lugar y contribuyen al movimiento económico en la zona”, afirma la AIRD.

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