Dos decretos ultra secretos

Dos decretos ultra secretos

El señor presidente de la República, doctor Leonel Fernández, emitió en fecha 18 de diciembre de 2007, los Decretos números  690-07 y 691-07 en donde el último establecía:

“ARTICULO 1.  Se autoriza que los nacionales de países en capacidad de ingresar legalmente a los Estados Unidos de América, a la Unión Europea, a Canadá y a Gran Bretaña, ingresen igualmente a territorio nacional de la República Dominicana con la simple presentación de la Tarjeta de Turismo”.

“ARTICULO 2.  Envíese a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores para los fines correspondientes”.

No obstante este decreto presidencial, los ciudadanos de países tercermundistas tienen serios problemas a la hora de hacer valer la legalidad del mismo.  El país  celebró la 71ava. Asamblea General y el Consejo de Ministros de la Alianza de Países Productores de Cacao (COPAL), en Bávaro del 8 al 12 del mes que discurre.  Resulta que la mayoría de los miembros de la COPAL provenían de países africanos en donde aparentemente las líneas que van a los países miembros no han sido oficialmente notificados del mismo.  ¿Por qué podemos hacer esta afirmación?  En nuestra condición de presidente de la Asamblea General fuimos llamados en varias ocasiones, desde Lagos, Nigeria y de Yaundé, Camerún, que delegados con visados válidos de la Unión Europea (Acuerdo Schengen), habían sido impedidos de abordar con destino a Santo Domingo, por no poseer visa dominicana.

Tuvimos que convertirnos, conjuntamente con la empresa que tuvo a su cargo el congreso, en agentes consulares dominicanos para informar, tanto a la compañía American Airlines, que también se había negado a embarcar al señor Hope Sona Ebai, Secretario General de la COPAL en el aeropuerto de Miami hasta que le hicimos conocer el texto del mismo.

¿Cómo es posible que después de siete meses de emitirse estos Decretos se susciten estos problemas?  ¿Qué funciones tienen los “cucho cientos” vicecónsules que nos gastamos que en desconocimiento de sus funciones no pueden notificar a las líneas aéreas y navieras esta decisión gubernamental?

Sabemos que este Decreto es para facilitar el flujo turístico hacia nuestro país, ya que el señor Presidente reconoce que las emisiones de visados por los países, tanto de la Unión Europea, como de los Estados Unidos de América, Canadá y el Reino Unido, no Gran Bretaña como dice el Decreto, están en mejores condiciones que nuestro consulados para saber quiénes pueden penetrar a su territorio sin constituirse en una carga para el erario.

Después de la experiencia que hemos pasado, sería dable recomendar a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, que pongan en acción a todos las embajadas, legaciones y consulados incluyendo los honorarios, para que notifiquen a todos los organismos correspondientes de este Decreto. Créanlo, hasta la IATA estaba ajena a esta disposición. Así, el turismo no prosperará y seguiremos perdiendo visitantes por nuestra propia falta de iniciativas.

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