Dos destacados juristas sostienen que hijos de ilegales no son dominicanos

Dos destacados juristas sostienen que hijos de ilegales no son dominicanos

Los juristas Lupo Hernández Rueda y Juan Molina Pichardo plantearon  que el hecho de nacer en el país no confiere la nacionalidad dominicana, salvo para los hijos de padres desconocidos o apátridas.

Favorecieron que en la reforma constitucional se consigne que los hijos de los residentes ilegales no son dominicanos.

Abogan por la introducción del jus sanguini al cual se le da preferencia sobre el jus soli, manteniendo el sistema fundado en ambos criterios.

Establecen limitaciones especiales para el desempeño de determinados cargos públicos electivos para los dominicanos con doble nacionalidad y los naturalizados.

Proponen  suprimir la discriminación por sexo entre el dominicano o dominicana casados con extranjeros y reconocen la nacionalidad al  nacido en el país de un extranjero naturalizado.

Establecen cuándo se adquiere y cuándo se pierde  y sus excepciones.

Fijan en 75 años la edad tope para que cualquier ciudadano pueda desempeñar u optar por un cargo público administrativo, electivo, judicial o militar, policial o en empresas o entidades autónomas del Estado.

Proponen la eliminación de algunos privilegios y prácticas que contribuyen a quebrantar la igualdad entre los dominicanos.

Los juristas abogan por la enseñanza obligatoria, desde la educación primaria, de los idiomas inglés y francés y el uso, acceso e introducción constante de los equipos y la tecnología informática y digital.

Sugieren la ampliación del ordinal 2 del artículo 8 de la Constitución relativo a la seguridad social, incluyendo reglas sobre derechos humanos reconocidas universalmente y que forman parte del articulado de diversos convenios internacionales ratificados por la  República.

Abogan por la actualización del párrafo 11 del artículo 8 sobre libertad de trabajo, elevando a rango de garantías constitucionales de los derechos básicos y esenciales del trabajo, como la libertad sindical, disfrute de un salario justo y la capacitación profesional. 

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Deber del Estado
1. Uno de los deberes del Estado es proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de  esos fines.

2.  Otro de los deberes del Estado, conforme a la propuesta de reforma constitucional de Hernández Rueda y Molina Pichardo, es provenir y controlar los factores de deterioro ambiental, velar por las reparaciones a los daños  causados y proteger los ecosistemas de todo el territorio nacional, sobre todo las zonas fronterizas.

3.  El Estado debe velar, plantean, por la protección de la integridad  del espacio público y por su destinación al uso común.

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