DR-CAFTA y comprobantes fiscales
son las más importantes noticias

<p>DR-CAFTA y comprobantes fiscales<br/>son las más importantes noticias</p>

POR MARIO MÉNDEZ
La aprobación por parte de los Congresos de los Estados Unidos y de la República Dominicana del DR-CAFTA y el establecimiento por parte de la administración tributaria de los comprobantes fiscales, constituyen los hechos económicos más importantes en el 2006 y cuyos resultados comenzarán a sentirse a plenitud en el año 2007.

El DR-CAFTA provocará la más grande revolución económica, social y política en el país de la historia moderna contemporánea, en tanto que el establecimiento de los comprobantes fiscales y su aplicación a partir del 1 de enero del 2007, se constituirá en la herramienta más importante con que ha contado la administración tributaria para enfrentar la evasión fiscal.

El DR-CAFTA no sólo perpetuará el tratamiento preferencial unilateral por parte de los Estados Unidos a los productos dominicanos en el mercado norteamericano, sino que lo profundizará con una mayor flexibilización de las normas de origen.

Sin embargo, hay quienes entienden que el impacto que tendrá el DR-CAFTA sobre el manejo de las instituciones en la República Dominicana será aún mayor, ya que conllevará un nuevo ordenamiento legal en aspectos vitales relacionados con los negocios que involucran al sector público y al sector privado y un manejo más trasparente de las instituciones públicas.

Las nuevas condiciones institucionales que el país está obligado a crear con la implementación del DR-CAFTA constituirán una limitante para prácticas que en la administración pública daban lugar a actos de corrupción, como eran las compras gubernamentales y la asignación de obras públicas sin licitaciones y concursos transparentes.

Igualmente, el nuevo entorno en que se desarrollarán los negocios en el país, provocarán un cambio de una cultura empresarial que basaba su éxito en la sombrilla del Estado y en la obtención de altos márgenes de beneficios, a una cultura en que éxito está determinado por los niveles de competititivad en los precios y la calidad de los bienes y servicios.

En  lo que respecta a los comprobantes fiscales, se constituirá en una herramienta clave para la administración tributaria enfrentar la evasión fiscal a partir del 1 de enero del 2007, cuando entrarán en vigencia.

Las facturas cuya numeración no haya sido autorizada por la DGII no serán tomadas en cuenta para los fines de la liquidación de impuestos de las empresas.

El director general de la DGII, licenciado Juan Hernández, ha advertido que no habrá prórroga, y que en enero las empresas que no estén al día no podrán cobrar sus facturas y serían multadas con 30 mil pesos.

“Yo honestamente con toda buena fe le advierto al 10% restante que no se ha puesto al día no va poder operar en enero del año que viene, porque el comercio, el negocio que no tenga una autorización de la dirección de Impuestos no va poder emitir ninguna factura y el primero de enero va a tener una multa de 30 mil pesos y una notificación de cierre de negocio, sino tiene la autorización de comprobante fiscal”, advirtió el funcionario.

Dijo que el 10% que falta por la autorización fiscal para obtener una factura “lo van a obligar” a cumplir con la ley.

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