EGE-Haina dejó de pagar US$2.83 millones

EGE-Haina dejó de pagar US$2.83 millones

La Empresa Generadora de Electricidad Haina (EGE-Haina) no pagó US$2,834,135.78 a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), entre el 1 marzo y el 25 de junio del 2001, por concepto de la retención del impuesto a la repatriación de utilidades, estableció una auditoría.

Señala que a partir del 2001, la gerencia de EGE-Haina decidió absorber como costo para la generadora, la retención del impuesto sobre la repatriación de utilidades, encareciendo el costo para la empresa.

La auditoría a EGE-Haina, concluida el 31 de julio del año pasado, abarca del 31 de diciembre del 1999 al 2002. Fue realizada a solicitud del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER).

Indica que de julio a noviembre del 2001 y una parte de diciembre, no se encontró evidencia de que EGE-Haina haya pagado a la DGII la retención del impuesto a la reparación de utilidades.

La cantidad de impuestos absorbidos por EGE-Haina asciende a RD$42,308,922, la cual debe ser solicitada para su devolución a Haina Investment, señala la auditoría.

Explica que no existe ninguna documentación que estableciese que el monto del honorario de administración, puede ser registrado en dólar.

Esa política, añade, ocasiona una sobrevaluación en el pago del honorario de administración y los impuestos a pagar por retención a Haina Investment, sociedad suscriptora de EGE-Haina.

Señala que la potencia efectiva alcanzada, no se mantuvo en todo momento en el plazo analizado en un nivel igual o por encima de la meta establecida contractualmente.

La EGE-Haina, en el 2000, incurrió en un incumplimiento, según la auditoría, al aprobar un contrato con Hart Energy por US$3,125,000 sin la unanimidad de los votos de los accionistas.

Alberto White, representante de los accionistas de la clase A, se abstuvo de votar por requerir mayor tiempo e información sobre la transacción.

La generadora asumió el pago de la retención del impuesto del 25% por repatriación de utilidades (US$679,037.11), lo que provocó que la empresa realizara un desembolso mayor que el aprobado por el consejo de administración.

De acuerdo con la pesquisa, EGE-Haina pagó US$1,050,000 a favor de la empresa vinculada Basic Energy, LTD, de los cuales US$800,000 correspondieron a los servicios prestados por Michael Bax, gerente general, desde abril del 2001 a noviembre del 2002, lo que equivale a US$40,000 por mes.

Indica que en el consejo de administración de EGE-Haina no se ha encontrado ninguna aprobación, en relación con CDC Group PLC, Transcontinental Capital Corporation, Caribbean Basin Power Fund y Haina Energy Development, empresas vinculadas.

Según la auditoría, existe alta probabilidad de la existencia de un incumplimiento relacionado con las transacciones realizadas con las empresas dirigidas y/o controladas por Arturo Pellerano.

Explica que el 31 de diciembre del 2002 existía una cuenta por honorario de administración a nombre de Haina Investment Co. por US$2,545,531 (RD$52,947,045), pero que no se encontró ningún artículo o resolución que estableciera que el monto del honorario de administración, pueda ser registrado en una moneda diferente al peso.

Señala que existen inversiones realizadas por la gerencia de la empresa que no respetaron las limitaciones establecidas en el contrato de administración y, por tanto, constituyen un incumplimiento.

Según la pesquisa, las unidades correspondientes a la empresa en la central Térmica Haina se encuentran en mal estado, mientras la unidad V de Haina está totalmente desmantelada.

La auditoría encontró que no existe una depuración de las cuentas por pagar en dólares en los registros auxiliares, al mantener saldos en cero con importes en pesos ya cancelados.

Durante el 1999, 2000 y 2001, la empresa generó utilidades, mientras en el 2002 produjo pérdidas por RD$115,078,015.

Según la auditoría, EGE-Haina facturó RD$12,560,030 a las Empresas Distribuidoras del Norte, del Sur y del Este (Edenorte, Edesur y EDE-Este), en exceso, como consecuencia de la incorrecta aplicación de la resolución 283.

Ese monto, correspondiente de enero a febrero del 2001, fue descontando por las distribuidoras al gobierno mediante el mecanismo de descuento «de los valores por concepto de subsidio».

Señala que en el período marzo-julio del 2001, EGE-Haina facturó US$20,840,279 a las distribuidoras por el mismo concepto. Expresa que EGE-Haina cobró mediante pagos parciales realizados por el gobierno.

Explica que el cobro a las empresas distribuidoras no corresponde, al igual que no corresponde el descuento que posteriormente hicieron las distribuidoras al gobierno por el mismo concepto.

Plantea que las cuentas y préstamos por pagar cedidas por la Corporación Dominicana de Electricidad (CDE) a la empresa por RD$752,887,713, no debieron considerarse como un aumento de los activos fijos.

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