Ejecutivo flexibiliza toque de queda desde ayer

Ejecutivo flexibiliza toque de queda desde ayer

Toque de queda en RD. Jorge Gonzalez

El presidente Luis Abinader emitió ayer el decreto que modificó el toque de queda vigente desde el 20 de julio, para que desde ayer en lo adelante rija con nuevos horarios: desde las 9:00 de la noche a 5:00 de la mañana de lunes a viernes, sábado y domingo 7:00 pm./ 5:00 am.

De igual forma, mediante el decreto 504-20, ratificó “el uso obligatorio de mascarillas en los lugares públicos y en los lugares privados como medida esencial para controlar la propagación de la covid-19”. La medida se extenderá hasta el 17 de octubre.

El decreto dispone que durante el horario del toque de queda se permitirá la circulación de personas relacionadas con actividades y servicios esenciales, incluyendo personal de salud, tales como médicos, enfermeras, enfermeros, bioanalistas, personal paramédico y farmacéutico; personas afectadas por alguna emergencia médica, personas dedicadas a labores de seguridad e identificadas y miembros de la prensa debidamente acreditados.

Operadores de vehículos y técnicos de empresas e instituciones prestadoras de servicios de energía, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos debidamente identificados, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.

Operadores de vehículos dedicados a la distribución urbana e interurbana de mercancías, insumos y combustible debidamente identificados, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.

Personas que laboren en la industria y el comercio de alimentos y productos médicos y farmacéuticos y estén en tránsito hacia o desde sus lugares de trabajo, siempre que porten identificación de una empresa autorizada.

Pasajeros internacionales y operadores de vehículos particulares o comerciales que estén trasladando a estos, empleados del sector de transporte marítimo y aéreo debidamente identificados, en tránsito hacia o desde puertos y aeropuertos.

De empresas que brinden servicios funerarios, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales o contratistas de los sectores de hotelería, minería, zonas francas ect.

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