El caos de la autorregulación

El caos de la autorregulación

Álvaro José Caamaño Díaz

Desde el inicio del sistema democrático se estableció la separación de poderes públicos; por dos razones principales: la primera, para evitar la concentración del poder desmedido y la segunda, para evitar la autorregulación. Bajo esta lógica toda entidad pública tendría que operar bajo los límites establecidos por otro poder, generando una dinámica de peso y contrapeso que promueva un sano equilibrio del bienestar social.

 Sin embargo, cuando un Estado carece de un liderazgo visionario que encarrile a todos los funcionarios públicos bajo una dirección ideológica o una meta país se cae en un caos sistemático donde cada entidad se maneja como una isla de poder independiente accionando bajo sus propios intereses, ignorando los daños colaterales a la institucionalidad del Estado y, en consecuencia, a las demás instituciones vinculadas.

 El pasado 25 de marzo del 2020 el Tribunal Superior Electoral emitió la resolución 002-2020 donde viola el principio democrático de la negativa a la autorregulación, el principio constitucional de la legalidad y expresamente el artículo 69 sobre la Tutela Judicial Efectiva y debido proceso; al establecer un nuevo procedimiento para las notificaciones del tribunal y otorgar facultades a los notarios, las cuales son competencia exclusiva de los Alguaciles según establece la ley.

 El precedente en el sistema judicial tiene un efecto multiplicador, cuando una autoridad judicial doblega la legalidad por razones nobles y justificables abre la brecha para que en el futuro se vuelva a doblegar la legalidad para acciones ni tan nobles ni nada justificables creando una centrífuga y un círculo vicioso que al final desnaturaliza el rol principal del Estado como garante de derechos.

 Es evidente que el TSE se vio necesitado de crear un mecanismo alterno; pues el Consejo del Poder Judicial tomó medidas radicales de suspensión sin medir las consecuencias que podría ocasionar a otras instituciones Estatales, ignorando que los Estados de Emergencia no eximen del cumplimiento de la ley y de sus responsabilidades a las autoridades y demás servidores del Estado; en el entendido de que todas las medidas permitidas de suspensión de derechos en los Estados de Excepción deben ser justificadas por la causa que les dio origen y ser tomadas exclusivamente cuando no exista ninguna otra alternativa viable; pues estas medidas son por necesidad de fuerza mayor y no por comodidad de sus incúmbentes.

 Está más que evidenciado que los Alguaciles al seguir las medidas de seguridad no corren ningún riesgo en el cumplimiento de sus atribuciones y que la suspensión de plazos no limita las actuaciones de Alguaciles, toda vez que hacemos conciencia de que las notificaciones tienen mayores efectos que el inicio de plazos y que su suspensión lacera directamente el sano ejercicio de derechos que no pueden ser suspendidos durante el Estados de Excepción.

 Como resultado del caos que desata la ilegalidad, justificada en resoluciones autorregulatorias, comienzan a aparecer acciones judiciales completamente desnaturalizadas, como por ejemplo el Acto 001-2020 del Abogado Notario Dr. Ramón Ant. Henríquez Feliz de fecha 14 de mayo del 2020, donde realiza una “notificación notarial” usurpando la función del Alguacil. Dicho acto tiene la gravedad de que se está actuando a requerimiento de un órgano del Estado dando origen a un conflicto de derecho público.

 Más preocupante aún es el silencio irresponsable de las autoridades competentes y del Colegio de Notarios, que a pesar de que estas acciones son de conocimiento público, no han tomado cartas en el asunto para evitar una avalancha de procedimientos ilegales que terminen legitimando estas malas prácticas y afectando radicalmente la credibilidad en el sistema de justicia dominicano.

 Los delitos de omisión son escasos en los pronunciamientos judiciales por su complejidad probatoria, pero en el ámbito social y político son ampliamente condenados al defraudar al pueblo con sus inacciones o su “laissez faire” quedando relegados a puntos oscuros de nuestra trayectoria institucional; quizás todas estas irregularidades nunca lleguen a los tribunales para ser juzgadas, pero el pueblo sí lo hará, eso nos enseña nuestra historia.

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