El cesarismo democrático

El cesarismo democrático

R. A. FONT BERNARD
La separación de los poderes del Estado, conforme a la concepción del Barón de Montesquieu, -«el poder frena el poder»-, ha sido tema de muchas controversias, y a juzgar por el interés que suscita, lo será, mientras haya naciones en el mundo, en las que impere el sistema democrático de gobierno.

De acuerdo con lo expresado por el historiador constitucionalista Charles H. Mc»llwiain, en su obra titulada «Constitucionalism: Ancien and Modern», los Padres Fundadores de la nacionalidad norteamericana crearon algo nuevo, cuando se reunieron en Filadelfia en el verano del 1787, dice el historiador, «enigma que para bien o para mal, es probable que no tenga solución jamás». Al redactor el artículo II de la Constitución de aquel país, consignaron que «el Poder Ejecutivo será conferido a un presidente de los Estados Unidos»; Pero, ¿qué es el Poder Ejecutivo, y en qué punto está la línea divisoria que lo distingue del Poder Legislativo?, pregunta Mc»llwiain.

En un intento por esclarecer el enigma, el propio historiador advierte, que no existe una doctrina medieval de la separación de poderes, y que ésta en un invento de los doctrinarios del siglo XVIII.

Así, pues, para Mc»llwiain, la Constitución de Filadelfia se basó en una idea nueva para el mundo del siglo XVIII, ya que los Padres Fundadores, en vez de concentrar toda la autoridad en una sola institución, prefirieron dispersarla en tres ramas independientes, equipando a los jefes de cada rama con los medios institucionales y las motivaciones personales adecuadas, para oponerse a la usurpación de los demás.

Para el historiador Mc»llwiain, la Constitución del 1787 se elaboró con el propósito de que perdurara en el futuro, y en consecuencia, para que se adaptara a las diversas crisis «de los negocios humanos». Consecuente con esa interpretación, el vigesimoséptimo Presidente norteamericano, Woodrow Wilson, manifestó durante su mandato, que «la Constitución no es un mero documento legal, que haya de leerse como un testamento, o como un contrato».

No obstante todo lo escrito, y todo lo discutido, en torno a la separación constitucional de los Poderes del Estado, de hecho su observancia ha estado íntimamente vinculada a la personalidad del ciudadano que ejerza la Presidencia de la República. Esto es así, porque a fin de cuentas, quien define y ejerce su propia voluntad, mediante el veto, para decidir cual es el propósito nacional y cómo debe realizarse, es el Presidente.

Los estudios de la historia saben que los constitucionalistas norteamericanos intentaron definir el papel presidencial, dado al carácter militar del primer presidente, George Washington. Y que fue bajo esa consideración, como consignaron que «el poder del Presidente sería nominalmente el mismo que el del rey de Inglaterra, pero sustancialmente inferior al de él».

El presidente Lincoln, al imponer el concepto de la superioridad del Poder Ejecutivo con respecto a los demás poderes, (durante el período de la Guerra de Sucesión), se ganó el que muchos le tildasen de dictador. Pero en los treinta años que siguieron a su asesinato, (períodos de Jhonson, Grant, Hayes, Garfield, Arthur y Cleveland), el poder de los presidentes sufrió un eclipse casi total. Fue Teodoro roosevelt, con su doctrina de la «mayordomía», quien restableció el patrón de la presidencia autoritaria.

En su «Autobiografía», el primero de los Roosevelt en ejercer la jefatura del Estado en Norteamérica, dejó constancia de cómo estableció el patrón contemporáneo de una presidencia agresiva, en oposición al concepto pasivo de sus antecesores en sus relaciones con el Congreso. «El factor que contribuyó a darle a mi gobierno su verdadero espíritu, -escribió TR- fue mi insistencia en la teoría de que los únicos límites del Poder Ejecutivo, son las restricciones y prohibiciones que aparecen en la Constitución, o los que le imponga el Congreso en el uso de sus prerrogativas constitucionales» Yo me resistí a adoptar el criterio de que lo que era imperativamente necesario para la nación, no podría ser realizado por el presidente, a menos que contara para ello, con cierta forma de autorización especifica».

El segundo Roosevelt (Franklyn Delano), refrendó los fundamentos de esa teoría desde los días iniciales de su primer mandato, en 1933. Si FDR hubiese vivido lo suficiente para ser un ex presidente, tras su cuarto período en 1945, es muy probable que hubiese contemplado los años que pasó en la Casa Blanca, con el placer nostálgico que su primo Theodoro. Este anotó en su «Autobiografía», «Yo pasé un tiempo formidable en la Casa Blanca. Lo cierto es que voy a echar de menos el tener a mi alcance la palanca que mueve la maquinaria».

Entre nosotros los dominicanos, las relaciones Poder Ejecutivo-Congreso Nacional, han tenido las mismas altas y bajas que en los Estados Unidos de Norte América, y bastará recordar, que el año 1880, bajo el interinato del general Gregorio Luperón, una reforma constitucional suprimió el Senado de la República, quedando el Poder Legislativo mutilado hasta el restablecimiento de aquel, en 1908, bajo la presidencia del general Ramón Cáceres; y que la Constitución del 1880 dejó de tener vigencia al año siguiente, cuando a consecuencias del antagonismo existente entre el presidente de la República, que lo era el Padre Meriño, y el Congreso, aquel anunció el 30 de mayo del 1881, que se hacia cargo del poder, temporalmente, como dictador de la nación, «en atención a una suprema necesidad de salud pública». Pesó además, en la decisión del Padre Meriño, el desembarque, por las costas de Higüey, de las fuerzas insurgentes, acaudilladas, por el general Cesáreo Guillermo. El decreto de San Fernando, dictado en el año indicado, estuvo inspirado en las palabras del prelado pronunciadas en el sermón del año 1867: «La autoridad es la legítima representación del derecho; es la ley armada con la majestad del poder, para impedir la perturbación del orden y los demanes de la libertad».

En nuestra historia contemporánea, el doctor Joaquín Balaguer personificó el poder autoritario en defensa de lo que el padre Meriño, en tono convencido, señaló como «el primer elemento de la sociedad, el orden, que es el verdadero sostén de la fuerza moral de las instituciones, el regulador del movimiento social en el uso del derecho común o individual». A partir de su juramentación, en 1966, el doctor Balaguer -ejerciendo o no la presidencia de la República- fue el poder en el país. La Constitución reformada en el indicado año (la de más larga duración, en nuestra vida republicana), no fue vulnerada por él, pero la utilizó virtualmente a su favor de conformidad con las circunstancias políticas del momento. Durante veintidós años, fue el intérprete dominicano, de la teoría del «cesarismo democrático». Conocía el país, y la índole de la gente que lo puebla. El futuro dirá si estuvo equivocado.

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