El Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP) saludó con satisfacción la sentencia de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que declaró inconstitucional el artículo 284 de la Ley 176-07 sobre el Distrito Nacional y los municipios. Los ayuntamientos pretendían cobrar un impuesto de 3 por ciento a las telefónicas amparados en ese artículo.
Lisandro Macarrulla, presidente del CONEP, mostró su agrado con la medida, en una comunicación enviada al Pleno de la SCJ, en nombre de los empresarios del sector.
El artículo 284 de la Ley 176-07 establece el pago del 3% de los ingresos brutos de las empresas de telecomunicaciones a los ayuntamientos del país. Con su sentencia, la SCJ sostiene que por ser un servicio público de carácter ínterjurisdiccional, excede el ámbito de los municipios y queda sujeto al Gobierno central.
Macarrulla consideró la disposición acertada por todo lo que entraña para el fortalecimiento de la confianza de los empresarios en la Justicia. La medida constituye un motivo más de tranquilidad y confianza, de que en el país habrán de respetarse los principios elementales de las leyes que le sustentan, dijo Macarrulla en su carta a la SCJ.