El consentimiento informado, la libertad de elección del paciente

El consentimiento informado, la libertad de elección del paciente

El ejercicio médico se basa en dos principios fundamentales: la capacidad técnica del médico y el consentimiento informado del paciente. La cultura actual hace énfasis en la autonomía de la persona humana y por esto el paciente exige que se le respete su derecho a decidir o rehusar cualquier acción de índole médica que repercuta en su vida y su salud.

Para que haya un verdadero consentimiento informado debe haber dos condiciones: que la persona conozca y tenga conciencia de lo consentido y posea libertad para consentir, sin que tenga presiones internas o externas que la coaccionen.

Un dilema que frecuentemente se presenta a la hora de hablar sobre el consentimiento informado es el de la información adecuada. ¿Cuándo puede decirse que el paciente tiene suficiente información para tomar una decisión? El médico frecuentemente habla de probabilidades, expectativas de vida, en otras palabras de cifras y estadísticas; mientras al paciente le interesa el aspecto cualitativo o la calidad de su vida.

[b]LA VISION DEL PACIENTE[/b]

El consentimiento informado plantea serios escollos en la práctica médica. Algunos con relación al paciente, otros con relación al médico. Desde el punto de vista del paciente, el consentimiento idóneo puede interferirse por las reacciones emocionales que la enfermedad produce en él, disminuyendo o quitándole su capacidad de decisión.

El paciente puede negar psicológicamente su enfermedad o sentir que esta es un castigo y por tanto no merece tratamiento. Otros tienen un sentido masoquista y lo que desean es aumentar el sufrimiento. Algunos buscan con la enfermedad una ganancia secundaria como recobrar el afecto o el cuidado que sienten han perdido y por eso sus decisiones están condicionadas.

La enfermedad deprime al paciente y lo hace más dependiente ha medida que avanza el proceso patológico. En nuestra cultura, el enfermo asume actitud de dependencia frente al médico y desea que este tome las decisiones por él.

Los pacientes hospitalizados tienden a ser más pasivos frente a la toma de decisiones que los enfermos ambulatorios y por lo tanto puede violarse más el consentimiento informado con ellos. Igual ocurre con los enfermos agudos, los cuales asumen el “papel de enfermos” y se entregan al médico no queriendo participar en las decisiones, distinto a lo que sucede con los enfermos crónicos.

También el comportamiento frente al consentimiento informado cambia sí el paciente es quirúrgico o está en tratamiento clínico. El paciente quirúrgico generalmente debe tomar una o muy pocas decisiones: operarse o no y esto siempre se consulta con él; en cambio el paciente hospitalizado para tratamiento clínico debe tomar una serie de pequeñas decisiones para las cuales muchas veces no se tiene el cuidado de pedírsele el consentimiento.

Otro problema para el consentimiento informado es la instrucción que el paciente tenga del proceso patológico y de las decisiones de salud.

La terminología médica es difícil de entender y a veces los médicos voluntaria o involuntariamente la hacen más obscura; esto fue ridiculizado por Moliére en su obra “El médico a palos”. Cualquier paciente, por ignorante que sea, entiende lo que se le explique con relación a su enfermedad si se hace en términos adaptados a su cultura.

El enfermo puede llegar con ideas preconcebidas, lo cual también interfiere con el consentimiento. En toda sociedad hay tabúes y mitos sobre las enfermedades y procedimientos de salud. Hay enfermedades consideradas “vergonzosas”; otras despiertan horror; para algunas personas ser hospitalizado significa proximidad de la muerte; una palabra puede tener distintos significados para el médico y el paciente. Hay, por lo tanto, una infinidad de situaciones en que por distorsión de la información, el consentimiento informado no es adecuado.

[b]LA PERSPECTIVA DEL MEDICO[/b]

Otra clase de problemas que surgen, tienen que ver con el médico. Este puede manipular la información dada al paciente y así invalidar su consentimiento. Por ejemplo, el médico puede exagerar los efectos secundarios de un procedimiento o medicamento, para que el paciente rehuse; o al contrario, minimizarlos para lograr su aceptación.

Otras veces el médico no informa, con el pretexto de evitar ansiedad al paciente, lo cual es un sofisma, pues si se le explica adecuadamente, todo paciente entiende. Para evitar estas interferencias se requiere que el médico dedique suficiente tiempo al paciente y posea conocimiento integral sobre él.

El profesional debe ser cuidadoso en que la información dada al paciente sea completa, libre de prejuicios y adecuada a sus condiciones culturales. Completa, significa que no deben omitirse datos que ayuden a tomar una decisión libre, Libre de prejuicios, para no coaccionar al paciente; no es honesto aumentar o disminuir datos de la información con el fin de obtener el resultado deseado por el médico porque esto constituye una violación a la autonomía del paciente.

La información debe ser adecuada a las condiciones físicas, psíquicas y culturales del paciente. No puede esgrimirse la falta de instrucción o diversidad de cultura para negar el derecho a un consentimiento informado.

[b]SITUACIONES ESPECIALES[/b]

Hay dos situaciones en las cuales hay incompetencia absoluta para hacer un consentimiento informado y es cuando el paciente es un menor de edad, un enfermo mental con limitaciones en el juicio o su voluntad y el enfermo inconsciente.

Si es imposible obtener el consentimiento informado del paciente o un tercero, el médico debe guiarse por un principio básico: la mayoría de las personas quieren vivir más que menos y que todos deseamos evitar el dolor, siempre que sea posible.

En muchos países, la legislación establece que no se requiere consentimiento informado del paciente en caso de una emergencia y cuando el enfermo, por su estado mental no puede darlo y no hay parientes ni responsables que puedan decidir.

[b]LEGISLACIÓN DOMINICANA Y CONSENTIMIENTO INFORMADO[/b]

La ley general de salud (42 01) establece en sus artículos 28 y 29 que toda persona tiene derecho a recibir información adecuada sobre todos los aspectos relacionados con el proceso de curación y a decidir, previa información y comprensión, sobre su aceptación o rechazo de asumir el tratamiento, exceptuando los casos que representen riesgos para la salud pública.

En relación a menores, discapacitados mentales y pacientes en estado crítico, la decisión recaerá sobre los familiares o tutores, y en su ausencia, sobre el médico principal responsable de su atención.

Tomado del libro Etica Médica de Luis Alfonso Vélez Correa

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