El Tribunal Constitucional (TC) de Perú declaró este lunes “fundado” un recurso que pidió la liberación de la líder opositora Keiko Fujimori, en prisión preventiva desde hace casi 13 meses mientras se le investiga por un presunto lavado de activos vinculado con la empresa brasileña Odebrecht.
El presidente del tribunal, Ernesto Blume, confirmó este lunes, en una rueda de prensa, que los términos de la resolución serán publicados este jueves y enviados al día siguiente al Poder Judicial para que se cumpla en el menor tiempo posible.
LOS FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN
Blume sostuvo que el TC decidió “declarar fundada la demanda de hábeas corpus por afectación del derecho a la libertad personal” de Keiko Fujimori, presentado por su hermana Sachi Marcela.
Detalló que la medida fue tomada por una mayoría de 4 votos a favor de los magistrados Carlos Ramos, José Luis Sardón, Augusto Ferrero y Ernesto Blume, y 3 en contra, de Manuel Miranda, Marielena Ledesma y Eloy Espinoza Saldaña.
Ante la polémica que se ha generado en el país ni bien trascendió la decisión, Blume admitió que se trata de “un caso relevante que viene concitando la atención toda la colectividad peruana y extranjera”, pero se tomó tras “un debate amplio, con altura, sereno y sin restricciones».
De esa manera, precisó, el TC declaró nulas tres decisiones judiciales anteriores (desde el juzgado preliminar, la Corte Superior y la Sala Permanente del Poder Judicial) que habían ratificado la prisión preventiva ordenada contra Keiko el 30 de octubre del año pasado.
En ese sentido, ordenó “retrotraer las cosas al estado anterior de las resoluciones anuladas y disponer la inmediata libertad de la favorecida».
RECHAZO A LA “JUSTICIA MEDIÁTICA»
Tras asegurar que la medida se basó tanto en la Constitución peruana como en la jurisprudencia nacional existente, así como en resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Blume dijo que en su país se tiene “que ser absolutamente cuidadoso, la justicia mediática no es justicia».
Agregó que “la única forma” de enfrentar a la corrupción en su país “es llevar a cabo una lucha constitucionalizada” y que “la justicia constitucional, como toda forma auténtica de justicia, no se subordina a ningún poder político, ni al poder de una burocracia o de funcionarios, ni mucho menos a rumores generados para orientar a la opinión publica en un sentido».
El magistrado indicó que “los derechos fundamentales o humanos no tienen rostro” y que los tribunos actúan “de acuerdo a lo que manda la Constitución y la ley” y la defensa de los derechos humanos.
“Las sentencias del Tribunal Constitucional son ajenas a todo poder político, a todo poder fáctico”, acotó.
NO ES UNA ABSOLUCIÓN
Blume remarcó que el TC “no ha juzgado el tema de fondo, del caso de la ciudadana Keiko Fujimori”, ya que con su decisión “no ha declarado su absolución ni la ha condenado».
Tras reiterar que esa será una “responsabilidad exclusiva del Poder Judicial, que el Tribunal Constitucional respeta de manera escrupulosa” afirmó que los tribunos actúan “no lavándose las manos ni mucho menos actuando de forma pusilánime».
La decisión se anunció poco después de que Fujimori se acogiera este lunes a su derecho a guardar silencio cuando iba a ser interrogada en el marco de la investigación que se le sigue por presunto lavado de activos argumentando que “no existen las garantías mínimas de respeto al debido proceso».
Este interrogatorio había sido programado por el fiscal José Domingo Pérez en la cárcel de mujeres de Lima, donde Fujimori permanece desde hace más de un año, tras la revelación de que grandes empresas privadas dieron millonarios aportes económicos al partido de Fujimori para su campaña presidencial de 2011.
Aunque Fujimori niega haber recibido dinero de origen ilícito de Odebrecht para financiar sus campañas electorales, sí ha aceptado que los empresarios peruanos le dieron grandes sumas de dinero que no declaró ante los organismos correspondientes por que, según dijo, se le pidió mantenerlos en reserva.