POR MATEO MORRISON
Dentro del conjunto de fundadores del pensamiento cultural latinoamericano sobresale la presencia de Andrés Bello. Su nombre está íntimamente ligado a la integración Iberoamericana, y por eso la decisión de bautizar con su nombre el Convenio de varios países en áreas como la educación, la ciencia y la cultura. Este Convenio me atrajo desde el principio, para conocer sus características, alcances y objetivos y recomendar la integración de República Dominicana.
El Convenio Andrés Bello es un organismo intergubernamental de derecho público internacional, cuya misión es la integración cultural, educativa y científico tecnológica de sus países miembros, de acuerdo con el propósito supremo de favorecer el desarrollo integral de sus pueblos.
Surge en el marco de la Carta de la Organización de Estados Americanos (OEA) y fue suscrito en Bogotá el 31 de enero de 1970, empezando a regir el 24 de noviembre del mismo año.
El 27 de noviembre de 1990, mediante la resolución 05 se suscribió el nuevo tratado de la Organización, el cual es reconocido por los Congresos de los países miembros, a través de leyes aprobadas por sus gobiernos.
El CAB tiene personería jurídica internacional y en este sentido goza de plena capacidad en el ejercicio de sus funciones para el logro de sus propósitos. Esta facultado para:
Celebrar acuerdos con Estados y Organizaciones Internacionales.
Adquirir, arrendar y disponer de bienes y servicios, y en general, celebrar todo tipo de actos y contratos.
Ser parte en procesos legales e iniciar procedimientos jurídicos.
Sus líneas de acción se trazan hacia los siguientes campos:
1. Investigación y formación.
2. Sociedad, cultura y democracia.
3. Desarrollo integral.
4. Medio Ambiente y biodiversidad.
5. Prácticas integracionistas.
Actualmente forman parte del Convenio Andrés Bello los siguientes países: Bolivia, Chile, Colombia, Cuba, Ecuador, España, Panamá, Paraguay, Perú, Venezuela y República Dominicana.
Los órganos que integran dicho Convenio son los siguientes:
La Reunión de Ministros de Educación, REMIECAB, autoridad superior de la organización.
La Secretaría Ejecutiva, órgano ejecutivo de la organización, cuyo titular es el representante legal.
La Comisión asesora principal, órgano auxiliar de la REMCAB y está conformado por las secretarías nacionales.
Las Comisiones Técnicas de Educación, Cultura, Ciencia y tecnología a quienes les corresponde formular o evaluar los proyectos técnicos.
Los tipos de colaboración pueden ser:
Técnica, mediante apoyo para el desarrollo de proyectos, programas, estrategias e intercambio de expertos y profesionales.
Financiera, mediante la asignación de recursos destinados a proyectos o actividades de entidades públicas o privadas de los países signatarios.
Especializada, en los temas programáticos de la organización, tales como cultura, educación y ciencia y tecnología.
La estructura financiera del Convenio Andrés Bello se encuentra constituido por:
Los aportes de los países miembros en el momento de su adhesión.
Los rendimientos obtenidos en las inversiones financieras realizadas, para desarrollar los programas que orientan al cumplimiento de su misión.
Aportes de otros países o de organismos internacionales para la ejecución puntual de proyectos.
Aporte anual del país sede (Colombia) que se entrega a través del Ministerio de Educación Nacional.
Venta de Bienes y Servicios.
En consonancia con el enunciado realizado en la Primera Reunión Interamericana de Ministros y Altas Autoridades de Cultura realizada en Cartagena de Indias en julio de 2002, que indica: Si la integración es el propósito central de la tarea del CAB, la cultura es el eje articulador de su acción, podemos destacar que la cultura es una dimensión fundamental que atraviesa toda la propuesta de integración y desarrollo del Convenio Andrés Bello.
Varias de las características que el CAB destaca en la integración son: Primero: La diversidad cultural, al ser América Latina una región compuesta de una gran cantidad de culturas; Segundo: La afirmación de una gran multiplicidad de identidades que no solamente actúan entre varios países, sino que también componen el denso paisaje social y cultural de cada una de nuestras sociedades; Tercero: El dialogo intercultural , que significa una interacción productiva y en ocasiones conflictivas entre culturas, además de su contraste y comunicación; Cuarto: La relación entre culturas locales y mundialización, plantear políticas culturales significa buscar intersecciones adecuadas entre lo global y lo local, así como lograr el desarrollo creativo y eficiente de los proyectos propios; Quinto: Interés por las industrias culturales, como lugares de integración, producción de imaginarios, conformación de identidades y promoción de la ciudadanía; Sexto: La relevancia de las culturas urbanas y el fortalecimiento de las culturas juveniles, que están llamando la atención sobre el amplio y complejo entramado de comportamientos, actitudes y expresiones que crean y recrean cotidianamente los habitantes urbanos, donde existe no sólo la posibilidad de continuidad cultural, sino sobre todo de ruptura e innovación de sentidos; Séptimo y Octavo: Las relaciones entre cultura y tecnología y cultura y desarrollo, donde nunca como ahora la tecnología a entrado a formar parte tan activa de la vida, transformándose a la vez en una poderosa fuente de significados culturales, que interactúan con otros más tradicionales siendo además la cultura una dimensión central del desarrollo, lo que significa que sus dinámicas están involucradas en los procesos de realización individual y social; Noveno: El reconocimiento de lo étnico, cuya variedad se expresa en una realidad profunda de profundas discriminaciones como en una historia de forma sociales de resistencia; Décimo: La apropiación social del patrimonio, que es el variado repertorio de lo tangile y lo intangible que se construye social y comunitariamente en un proceso constante, formando parte sustancial de las memorias colectivas y que es a su vez un activo fijo fundamental para la construcción de nación y la garantía de la diversidad cultural; Décimo primero: La conexión de los derechos culturales con el marco enriquecido de los derechos humanos, que reúne lo ordenamientos jurídicos a través de los cuáles las sociedades buscan preservar y desarrollar las culturas definir las reglas de juego para la circulación de sus productos en igualdad de oportunidades, garantizar el acceso y el pluralismo a los bienes y servicios culturales.
Nunca olvidaré que bajo la extraordinaria belleza de esta ciudad colonial estampé mi firma con entusiasmo en reunión convocada por el CAB en Cartagena de Indias el 20 de mayo de 2004, reunidos en el Foro Identidad Cultural, Educación y Tratados de Libre Comercio, se instaló la Comisión Técnica de Cultura por el coordinador del área, Dr. Pedro Querejazu Leyton, donde se comunica a la opinión pública de los países miembros la llamada Declaración de Cartagena de Indias, algunas de cuyas consideraciones y propuestas se exponen a continuación:
Fortalecer mecanismos de integración en las esferas de la educación, la cultura y la ciencia entre nuestros países como una vía para defender nuestra identidad cultural y elevar los niveles educacionales y de desarrollo científico.
Darle la mayor importancia a los temas referidos a la educación, la cultura la ciencia y la tecnología, dentro de los procesos de negociación en curso y hacia el futuro.
Promover condiciones de excepcionalidad cultural como un mecanismo idóneo para promover el respeto y el desarrollo de la identidad y la diversidad cultural, que garantice la autonomía de los Estados para definir políticas culturales y educativas propias, apoyar la creatividad, fortalecer los lazos de cooperación y financiación, fomentar el desarrollo de las industrias culturales nacionales y atender preferentemente a las poblaciones económicamente en desventaja y a las minorías étnicas.
Promover el acceso al conocimiento mundial y a los instrumentos más adecuados para su generación y difusión, garantizar una efectiva transferencia de tecnología y una valoración adecuada de todo lo relacionado con nuestra biodiversidad y el conocimiento tradicional.
Buscar un equilibrio justo entre el respeto a la titularidad de los derechos de autor y el derecho, a su vez, que tiene todos ,os ciudadanos y ciudadanas, a acceder equitativamente al conocimiento y la información.
Promover la participación amplia y democrática de la sociedad en las negociaciones ya que será ella quien vivirá directamente sus efectos.
Comprometer a nuestros estados y sociedades en el apoyo a la generación de una Convención Mundial sobre la diversidad Cultural, como la que ya respaldan varios países junto con la UNESCO, que sea un espacio diferente al comercial, para debatir y decidir, de manera consensuada, los temas referentes a la cultura, la educación y la ciencia.
Encomendar al CAB que mantenga el seguimiento a la forma como son tratados los temas culturales, educativos y científicos-tecnológicos en los escenarios económicos, ofreciendo estudios e información útil sobre el desarrollo de los debates y el análisis de los procesos de discusión y sus repercusiones, para que puedan servir de insumo a los Estados y a las sociedades.
El proceso de desarrollo cultural institucional dominicano, que comenzó el 14 de febrero de 1997 con la creación del Consejo Presidencial de Cultura, entidad que implanta las bases para la promulgación de la Ley 41-00 de creación de la Secretaría de Estado de Cultura el 5 de julio del 2000, se consolida con la incorporación de nuestro país a un organismo que cada vez más, contribuye a la integración latinoamericana y a la defensa de los derechos culturales.