El debate sobre el poder político: entre continuismo y alternancia

El debate sobre el poder político: entre continuismo y alternancia

En política es recurrente la controversia entre continuismo o alternancia en el poder, tenidos como principios contrapuestos. La duración del mandato político es objeto de estudio político y jurídico. Sin centrarnos pero sin olvidar el terreno doctrinario, experiencias de diversos países pueden ilustrar la discusión dominicana actual sobre las prácticas continuistas a propósito de las elecciones de 2016.

Latinoamérica ha sido históricamente el centro del debate sobre la reelección. Eso obedece a que, para sustituir el antiguo régimen monárquico derivado de la colonización europea, hace dos siglos se adoptó el presidencialismo, forma que había escogido Estados Unidos, primera república del Nuevo Mundo. Este implica la mayor concentración del poder público en el presidente de la república. En cambio, la monarquía, régimen continuista por naturaleza por ser un sistema hereditario basado en la creencia en el origen divino y el carácter sagrado del poder del rey, en Europa fue sustituido por un régimen parlamentario, donde la mayor carga del poder reside en el parlamento, cuyos controles aseguran el balance de poderes aún cuando el primer ministro ejerza indefinidamente.

Así nació la dicotomía entre presidencialismo (América) y parlamentarismo (Europa). En este las mayorías congresuales determinan el gobierno y el primer ministro, cuyo tiempo de gestión depende de que se mantengan aquellas mayorías y la confianza en él. Por eso, el continuismo genera poco debate en regímenes parlamentarios. Pero en los presidencialistas el mandatario no necesariamente tiene mayoría congresual, ni su legitimidad deriva de esta; en cambio, su mandato tiene período fijo, para el cual es electo; teóricamente, el presidente no se debe al congreso sino al pueblo. Pero diversas situaciones pueden interferir respecto al tiempo del mandato.

La primera ocurre cuando una autoridad electa procura extender su mandato más allá del límite legal, sea por iniciativa propia o de sus partidarios, poniendo la reelección en la palestra pública. La segunda deriva de esta: el carácter electivo y los límites del mandato presidencial aplican también al nivel local: legisladores y autoridades municipales. La reelección presidencial frecuentemente produce un efecto dominó: arrastra los demás niveles (Arrieta Silva: 23), originando la cultura política continuista. La tercera consiste en el continuismo fuera de la legalidad, que produce rupturas institucionales particularmente mediante golpes de Estado que desconocen gobiernos constitucionales, implantando gobiernos de facto; históricamente, estos han tendido a perpetuarse, originando el continuismo dictatorial tan conocido en Latinoamérica.

LA EXTENSIÓN DEL MANDATO

Este es el nudo de la controversia entre los polos de continuismo o alternancia en el poder. Gibran Burad Abud se pregunta: “¿Por qué la reelección suscita tantos debates en los presidencialismos?”, agregando: “La respuesta… reside precisamente en la unificación en una misma persona de la figura de jefe de Estado y jefe de Gobierno… y en las fuertes atribuciones que se le otorgan”, especialmente controlar la administración pública.

El debate nació con la fundación de las repúblicas latinoamericanas. Simón Bolívar sostuvo en el Congreso de Angostura de 1819 que “nada es tan peligroso como dejar permanecer largo tiempo a un mismo ciudadano en el poder. El pueblo se acostumbra a obedecerlo y él se acostumbra a mandarlo”, añadiendo que: «La continuación de la autoridad en un mismo individuo frecuentemente ha sido el término de los gobiernos democráticos”.

Las posiciones se polarizaron. Enrique Arrieta Silva las resumió así: “Reelección o no reelección: tal es la cuestión”. La decisión de un mandatario de no reelegirse genera pocos conflictos, pues no pone en peligro la democracia; pero la reelección se ve, considera, casi indefectiblemente una causante de conflictos; incluso, políticos que admiten una primera reelección son acérrimos enemigos de quien procura una segunda; así, la reelección a menudo provoca inestabilidad y desequilibrios políticos. Sobran los casos en que continuismo y dictadura eran sinónimos: se quebraba la legalidad o era solo un disfraz del autoritarismo.

Precisamente eso activó la postura antirreeleccionista, porque el continuismo impedía la alternancia política y buscaba “perpetuar a un líder en el cargo”: aquél que oye el canto de esas sirenas y es atrapado por su fantasma. En Latinoamérica, México es el país emblemático de la no-reelección. En 1871 Porfirio Díaz encabezó la Revolución de La Noria contra las reelecciones del presidente Benito Juárez. Díaz acusó la “reelección indefinida, forzosa y violenta” de poner en peligro las instituciones; pero al llegar al poder por cuarta vez en 1984 fue ardiente continuista: gobernó autoritariamente treinta años, reeligiéndose hasta ser depuesto en 1910 por la Revolución Mexicana, que costó un millón de vidas, tras el alzamiento liderado por Francisco Madero.

Definiéndose demócrata, Madero condenó la reelección, combatió el poder absoluto y la dictadura, sosteniendo que “casi todos los hombres se corrompen cuando permanecen muchos años en el poder” (Arrieta Silva: 5). Es la filosofía del poder que expuso lord Acton: “El poder corrompe y el poder absoluto corrompe absolutamente”. La Revolución promulgó la Constitución de 1917 -aún rige México-, que consagró la no reelección absoluta (gobernar una sola vez y nunca más) para presidentes de la República y gobernadores; prohibió la reelección inmediata de diputados, senadores y presidentes municipales, permitiéndola solo alternadamente. La prohibición absoluta de la reelección es la antítesis de su reverso: la reelección indefinida.

LA ALTERNANCIA EN EL PODER

Gobernar por tiempo indefinido representa la perpetuidad del mando supremo en una sola persona, como en las monarquías; frente a tal tentación, la alternancia en el poder devino en “uno de los fundamentos del sistema republicano”; la “regla de la alternancia… es infaltable en las constituciones modernas”, contra la cultura autoritaria que fue asociada al continuismo: “su principal objetivo es prevenir la acumulación de poder” en manos de un mandatario “para evitar precisamente la degradación autoritaria”, como sostiene W. Antillon. Pero la regla de la alternancia tiene cuatro limitaciones.

Primera: “sólo veda la continuidad de las personas, de modo que no riñe con la permanencia en el poder de un solo partido, a través de diversos mandatarios”; la alternancia en el poder de personas del mismo partido es “moneda corriente en casi todos los países de América Latina (siendo el PRI de México el mejor ejemplo)”, siguiendo con Antillon.

Segunda: la alternancia no contradice ciertas formas de continuismo, como sí lo hace la prohibición absoluta de la reelección; la reelección con intervalo, que permite la repostulación no inmediata, se combina con el continuismo: extiende limitadamente el mandato; no entierra el principio de alternancia, ni tampoco lo absolutiza.

Tercera: la alternancia en el poder por sí sola no es un principio fundamental para la democracia, como señala Nohlen; abundan mandatarios nacidos de ella que abusan del poder, violan las libertades públicas, malversan fondos públicos, concentran el poder, y antes de entregar al sustituto preparan el terreno para su retorno.

Cuarta: el continuismo es permitido en elecciones locales y sociales; las autoridades locales y líderes sociales pueden reelegirse indefinidamente, con ciertas excepciones.

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