Un hecho de trascendencia histórica sin precedentes para el sistema deportivo nacional ocurrió con la proclamación y promulgación de la nueva Constitución de la República Dominicana el 26 de enero del año 2010, en el marco de un reconocido Estado social y democrático de derecho.
Por primera vez desde la fundación de la nación quedó establecido el concepto de deporte y actividad física en nuestra Carta Magna. La noción del derecho al deporte quedó consagrada en el Artículo 65, enmarcado en el título correspondiente a los derechos fundamentales.
Con esta disposición, aunque tardía, nuestro país se unió a otras naciones de Iberoamérica y del Caribe que desde años atrás habían incluido el deporte y la actividad física en sus respectivas constituciones, tales son los casos de España, Cuba, Venezuela, Brasil, Colombia y Ecuador, Guatemala, Perú, Nicaragua, entre otros.
En efecto, el nuevo texto constitucional proclama lo siguiente: Toda persona tiene derecho a la educación física, al deporte y la recreación. Y en el numeral 1 del citado Artículo expresa: que el Estado asume el deporte y la recreación como política pública de educación y salud y garantiza la educación física y el deporte escolar en todos los niveles del sistema educativo.
De igual modo garantiza los recursos e incentivos para la concreción de tales fines, al expresar en su numeral 2 lo siguiente: que la ley dispondrá los recursos, estímulos e incentivos para la promoción del deporte para todos, la atención integral de los deportistas, el apoyo al deporte de alta competición, y a los programas y actividades deportivas en el país y en el exterior.
Antes de lograr la constitucionalización del deporte dominicano a partir del 2010, el deporte y la actividad física estaban consignadas en el marco de nuestras leyes adjetivas y ordinarias, principalmente la antigua Ley No. 463 promulgada el 23 de diciembre del año de 1943 durante la era de Trujillo, la cual dio origen a la Dirección General de Deportes, y la Ley No. 97, votada el 20 de diciembre de 1974, que creó la Secretaría de Estado de Deportes, Educación Física y Recreación, durante la gestión balaguerista.
Sin embargo, en ninguna estas leyes se reconocían los derechos deportivos de la población, sino el deber del Estado de fomentar e incentivar el ejercicio de los deportes y de la educación física. La Ley General de Deportes No. 356-05, promulgada en el 2005, sí reconoce los derechos deportivos, aunque adolece de una serie de fallas competenciales y técnicas. La constitucionalización del deporte dominicano garantiza un nuevo derecho fundamental para todos.