El 4 de febrero de 1997 fue promulgada la Ley General de Educación, No. 66-97. Dicha normativa ha desempeñado un papel fundamental en el proceso de consolidación del sistema educativo, al permitir la definición y ejecución de planes y acciones específicas en ese sentido. Sin embargo, la realidad es que, 27 años después, muchos elementos de la ley vigente han quedado obsoletos debido al paso del tiempo, así como a la evolución del sector debido a factores sociales, jurídicos y técnicos tanto a nivel nacional como internacional.
En términos sociales, podemos mencionar la movilización para destinar el 4% del Producto Interno Bruto (PIB) a la educación. Desde una perspectiva técnica, se hace referencia a la influyente normativa 9-15, la cual implementaba pruebas de aptitud y conocimientos para aquellos que comenzaban la educación universitaria en diversas especializaciones de la carrera de educación. En el ámbito jurídico, se pueden mencionar las disposiciones establecidas en la Ley No. 1-12 sobre la Estrategia Nacional de Desarrollo (END), donde uno de sus principales objetivos es la garantía de una educación de calidad para todos, así como el cumplimiento del Pacto por la Educación definido en la misma END. Finalmente, cabe resaltar la promulgación de la Constitución de 2010, donde se consagra la educación como un derecho fundamental en su artículo 63.
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Para la revisión y reforma de la ley, este año se ha discutido un borrador de anteproyecto, el cual es esencial adoptar tres enfoques distintos respecto a la educación: como un derecho, como un servicio público y como un derecho-deber. Al considerar la educación como un derecho implica reconocer su carácter inherente, esencial e indispensable para el desarrollo humano, ya que proporciona las bases para la formación integral y reafirma la dignidad de las personas. La educación también debe ser vista como un servicio público, puesto que el Estado tiene la responsabilidad de garantizar no solo la regulación, sino también la provisión adecuada de centros educativos y el acceso equitativo a la educación sin discriminación alguna.
Por último, se destaca la noción de la educación como un derecho-deber. La responsabilidad respecto a la educación, siendo un derecho que se despliega en diversos niveles, no solo recae en el Estado, sino que también constituye un deber para las familias, quienes deben participar activamente en el modelo educativo de sus hijos. Asimismo, es fundamental fortalecer y asegurar el desarrollo de la carrera docente para mejorar la calidad de la enseñanza y dignificar la labor de los profesores.
Que se esté hablando de ello es un punto de partida para el futuro debate de los temas a tratar de la posible iniciativa que llegue a ser depositada en el Congreso Nacional. Actualmente empezamos con el borrador, el cual aborda temas clave que generan un interesante debate, como la asignación presupuestaria para la educación y cuestiones relacionadas con la jubilación de los profesores. La oportunidad de ajustar el marco legal de la educación es crucial, dado que la educación, como un derecho fundamental, es esencial para el desarrollo de cualquier sociedad en el corto, mediano y largo plazo. Por ello, el pensador italiano Antonio Gramsci decía “Tomen la educación y la cultura, y el resto se dará por añadidura”.