Está circulando por las redes sociales, Whats App y quizás Facebook, una denuncia muy reveladora, grave por demás que, de ser cierta y no hay por qué dudarlo, las bellas y tentadoras damitas identificadas con nombre y apellido se supone que prestan funciones públicas en el Servicio Exterior. Esta peculiar revelación tiene “caché”, matices importantes que provocan indignación y merecen un punto y aparte.
No todo brilla en la Viña del Señor. Indefensos frente al flagelo de la corrupción que crece y se desparrama por todos los ámbitos, especialmente político e institucional del gobierno, las encuestas locales e internacionales nos dan los peores niveles, no obstante ser la corrupción como la impunidad sistemáticamente combatidas en la prensa escrita, radial y televisiva, en editoriales y declaraciones de personalidades de diversos organismos y agrupaciones no partidistas y de la oposición, porque todavía hay en este país personas, hombres y mujeres que aman su Patria y se avergüenzan de la vergüenza ajena.
Aquella frase lapidaria del presidente Joaquín Balaguer, marcó el camino: “La corrupción se detiene en la puerta de mi despacho”, mientras creaba más de 300 nuevos millonarios. En su primer mandato, con otras luces, Leonel Fernández hizo el intento de ennoblecer el servicio público mejorando los sueldos de sus funcionarios y engalanando sus despachos. No sospechaba (la duda favorece al reo) que abría la caja de Pandora, una compuerta que no tardaría en desorbitar ambiciones personales y un clientelismo bochornoso, que sería sello distintivo de su partido y sucesivos gobiernos del PLD y aliados políticos.
Excesivos han sido los nombramientos de cónsules, y asistentes consulares que nunca fueron registrados oficialmente ni ocuparon sus cargos, pero sí jugosos sueldos, en dólares, recibidos en casa, manteniendo algunos otros oficios disimiles de cara al sol.
La Constitución de la República ¿Quién le hace caso? Su Art. 146: “Condena en toda su forma la corrupción en los órganos del Estado” y, de manera particular: 1. “Sanciona toda persona que sustraigan fondos públicos…obteniendo para sí o para terceros provecho económico.”2. “Igualmente, a toda persona que proporcione ventajas a sus asociados, familiares, allegados, amigos o relacionados; 3. “Obliga a los (as) funcionarios públicos presentar declaración jurada de sus bienes (antes y después de su cargo) justificando el origen de sus ingresos.”Antes, el Art. 142, precisa el estatuto de la Función Pública señalando: “Es un régimen de derecho público basado en el mérito y la profesionalización para una gestión eficiente y el cumplimiento de las funciones del Estado.” Y el Art. 147, remata: “Los servicios públicos están destinados a satisfacer necesidades de interés colectivo.” Esa es su finalidad, no otra.
Luego de este rosario de cuentas, vuelvo al punto de partida. Me viene a la mente aquella canción del maestro Lecuona que evoco sin ninguna otra intención. Me fascina. “Damisela encantadora, Damisela por ti yo muero, si me miras, si me besas, Damisela serás mi amor…. Quedan en mi tierra hombres y mujeres que se indignan y avergüenzan de la vergüenza ajena.