El gobierno garantiza suministro combustibles

El gobierno garantiza suministro combustibles

Por EVARISTO RUBENS
La Secretaría de Industria y Comercio aseguró ayer que garantizará el abastecimiento de combustibles por las vías que fueren necesarias, si la Asociación de Detallistas de Gasolina (ANADEGAS) persiste en suspender la venta y provocar trastornos al desenvolvimiento de las actividades productivas y económicas del país.

El organismo recordó que la actividad que realizan las estaciones de combustibles es un servicio público regulado por el artículo 8 de la Constitución de la República (numeral 11, literal d), y por los artículos 403, 404 y 405, del Código Laboral Dominicano, por lo que no puede ser suspendido de forma medalaganaria.

Las autoridades no renunciarán a su responsabilidad de facilitar que la ciudadanía tenga acceso a los servicios públicos, como es el caso de la venta de los combustibles, Explica un comunicado de Industria y Comercio.

Señala que el gobierno se reserva el derecho de cancelar la licencia de operación otorgada a cualquier detallista que, en violación a las disposiciones citadas, provoque el desabastecimiento de combustibles.

Precisa que el numeral 11, literal d del artículo 8 de la Constitución de la República es claro, al señalar que se prohíbe toda interrupción, entorpecimiento, paralización  de actividades o reducción intencional de rendimiento en las labores de las empresas privadas o del Estado.   Indica que será ilícita toda huelga, paro, interrupción, entorpecimiento o reducción intencional de rendimiento que afecten la administración, los servicios públicos o los de utilidad pública. La ley dispondrá las medidas necesarias para garantizar la observancia de estas normas.

En tanto, que el artículo 403 del Código de Trabajo advierte con claridad que “no se permiten las huelgas ni los paros en los servicios esenciales, cuya interrupción fuese susceptible  de poner en peligro la vida, la salud o la seguridad de la persona en toda o parte de la población”.

Industria y Comercio explica que “son servicios esenciales, para los fines de aplicación del artículo precedente, los de las comunicaciones, los de abastecimiento de agua, los de suministro de gas o electricidad para el alumbrado y usos domésticos, los farmacéuticos, de hospitales y cualesquiera otros de naturaleza análoga”, de acuerdo el artículo 404. Advierte que frente al interés de provocar el caos que quiere provocar la ANADEGAS, las autoridades se acogerán a lo que establece el artículo 405 del Código de Trabajo: “En caso de huelga realizada en violación del artículo 403, el Poder Ejecutivo puede asumir la dirección y administración de los servicios suspendidos por el tiempo indispensable para evitar perjuicio a la economía nacional, y dictar todas las providencias necesarias para restablecer dichos servicios y garantizar su mantenimiento”.

En tanto, el presidente de ANADEGAS, ingeniero Juan Ignacio Espaillat, informó que esa entidad aceptó el plazo de 9 días que solicitó el gobierno para estudiar sus demandas, pero que mantiene su decisión de no comprar combustibles a las empresas distribuidoras.

Dijo que la decisión de no recibir combustibles en las estaciones comenzó el pasado lunes y que los miembros de la entidad continuarán en esa actitud.

Espaillat recordó que esa situación afecta las ventas de combustibles en 492 estaciones al detalle asociadas a ANADEGAS, la mayoría de las cuales están en las provincias.

Indicó que esa entidad reclama un aumento mayor de los márgenes de beneficios, que se le pague el denominado diferencial por la temperatura de los combustibles, lo que le quita mayor rentabilidad a los dueños de estaciones, y que Industria y Comercio no ha querido resolver.

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