El Ministerio de Hacienda explica el caso de Calcaño Ventura

El Ministerio de Hacienda explica el caso de Calcaño Ventura

El Ministerio de Hacienda afirmó ayer que honró el pago de los derechos laborales adquiridos por el periodista Ramón de los Santos Calcaño Ventura, quien laboró en la Dirección de Comunicaciones desde el 16 de octubre de 2008 hasta el 23 de agosto de 2016.
Según Hacienda, los derechos laborales de Calcaño Ventura ascendieron a un monto de RD$217,821.87, tal como fueron calculados por el Ministerio de Administración Pública (MAP).
En ese sentido, el 6 de diciembre del 2016 le pagaron RD$60,000 correspondientes al salario de Navidad y el 22 de febrero de 2017, RD$157,821, por las vacaciones no disfrutadas.

Al momento de su salida del ministerio, Calcaño Ventura era encargado del Departamento de Comunicaciones y tenía un sueldo mensual de RD$90,000.
Sin embargo, explica Hacienda, Calcaño Ventura no trabajaba desde el 4 de octubre del 2015, cuando fue ingresado en el Hospital General de la Plaza de la Salud con diagnóstico de accidente cerebrovascular, razón por lo cual se le otorgaron varias licencias médicas.

La última licencia médica de Calcaño Ventura fue reportada del 4 de enero al 2 de febrero de 2016, por lo que en el mes de agosto, cuando la institución decidió prescindir de sus servicios, la Dirección de Comunicaciones se encontraba sin un superior efectivo.
A través de un comunicado elaborado para Hoy, Hacienda dijo que conforme al cálculo realizado por el MAP y a las disposiciones transitorias del artículo 98 de la Ley 41-08 de Función Pública y el artículo 138 del Reglamento No. 523-09 de Relaciones Laborales, a Calcaño Ventura no le corresponde pago de indemnización económica.

Sobre el tema, la institución citó una consulta hecha al MAP, en la que la cartera plantea que solo se dispone el derecho a pago de indemnización económica a favor de los Servidores Públicos de Estatuto Simplificado y de manera excepcional a los servidores públicos que, al momento de entrada en vigencia de la Ley (16 de enero del año 2008), tenían cargos de carrera y fueron desvinculados sin causa justificada.

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